Resolución Nº 545/GCABA/SSASS/15

FirmantesGuevara
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Administración del Sistema de Salud
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2015

VISTO:

El Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, la Resolución N° 113-

SSASS/14 y su rectificatoria la Resolución N° 116-SSASS/14 y el Expediente

Electrónico N° 20411410-MGEYA- HOPL-2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, tramita la aprobación del gasto

correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital Oftalmológico

"Dr. Pedro Lagleyze", realizado por la empresa Manila S.A., en el marco del Decreto

N° 556/10, modificado por Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de JULIO de

2015, por un monto total de Pesos ciento doce mil ciento treinta y tres con diecinueve

centavos ($ 112.133,19);

Que por Resolución N° 131-SSASS/14, comunicada por Nota N° 2014-4527579-

DGADC, se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II

del Decreto N° 556/10 y su modificatorio el Decreto N° 752/10;

Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha

procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los

presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que

el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto

administrativo;

Que la Dirección del Hospital reconoció la prestación del servicio mediante Disposición

N° 2015-84- HOPL, vinculada a Orden N° 3, por el monto mencionado ut-supra;

Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, acordó la gestión realizada y

prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e

imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su

continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;

Que el monto de la prestación surge de lo establecido mediante Acta Acuerdo N° 63-

MSGC-2013, de fecha 31/07/2013, a Orden N° 15, por el cual se reconoce a la firma

prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los

convenios salariales aplicables; ello respecto de los valores fijados en el Registro N°

804.435/MSGC/10, que contemplaban un abono sobre la base de un precio mensual

final por operario de jornada completa de $ 5.100,00 (Pesos Cinco Mil Cien) a octubre

de 2010, para las...

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