Resolución N° 545

EmisorMinisterio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2015
AÑO CIII - TOMO DCXIII - Nº 11
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 15 DE ENERO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS1a
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Resolución N° 545
Córdoba, 23 de Setiembre de 2015
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-000733/2015 la Empresa SOCSA S.R.L.,
solicita aprobación de horarios de Temporada Invierno 2015 para prestar
en el Servicio Regular Común del corredor VILLA DOLORES – SAN VI-
CENTE y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a cumplir en
Temporada Invierno 2015, por lo que se aconseja su aprobación, debiendo
quedar sujeta a las modicaciones que eventuales reclamos las justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte
lo expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo el
N° 0630/2015 y atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso
f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa SOCSA S.R.L. para prestar en tem-
porada Invierno 2015 los horarios diagramados a fs. 10 de autos, en el Servicio
Regular Común del corredor VILLA DOLORES – SAN VICENTE y viceversa,
quedando sujetos a las modicaciones que eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos,
pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 586
Córdoba, 23 de Octubre de 2015
VISTO:
El Expediente N° 0048-184792/2014 mediante el cual el Señor JULIO ALDO
VILLEGAS, DNI N° 12.873.980 solicita la renovación del permiso de explo-
tación de un Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte de pasajeros
oportunamente otorgado por Resolución N° 270 de fecha 16 de Agosto de
2013 del por entonces Ministro de Transporte y Servicios Públicos, con centro
en la ciudad de CÓRDOBA y bajo la denominación de “VILLEGAS TOURS”.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 270/2013 se otorgó el permiso de explotación
del servicio por el término de UN (1) año, por lo que a la fecha el plazo se
encuentra vencido.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planicación y Control informa que
el recurrente acredita haber cumplimentado con las exigencias a vericar
por las áreas a su cargo, pudiendo darse continuidad al trámite de autos.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión presta confor-
midad a lo informado por las áreas de su jurisdicción e informa que el peticio-
nante ha cumplimentado con los requisitos para la presente renovación con-
siderando que puede propiciarse el dictado de la Resolución correspondiente.
Que la Dirección General de Operaciones emite Dictamen N°
0688/2015 en donde concluye que puede dictarse resolución excepcional
y por única vez, autorizando al peticionante a prestar un Servicio Especial,
Obrero y Escolar, renovando el permiso por el término de Dos (2) años a
partir del dictado de la resolución.
Que el servicio de transporte especial, obrero y escolar se encuentra
normado en el Artículo 9, incisos “D, E y F” de la Ley Provincial N° 8669
y correlativos del Decreto Reglamentario N° 254/03 y Art. 37 del Anexo “A”
del decreto precitado.
Que para la prestación del servicio se mantendrá el parque móvil oportu-
namente habilitado por Resolución N° 564/2015, por ajustarse a los requisitos
establecidos para la permanencia en servicio; siendo obligación del permisio-
nario acreditar con la periodicidad establecida, que mantiene actualizadas las
exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso “E” del Decreto Reglamen-
tario N° 254/03 es atribución de la autoridad de aplicación otorgar permisos
para los servicios en la modalidad Especial, Obrero y Escolar, conside-
rándose pertinente otorgarlo por el término de DOS (2) años a partir del
dictado de la presente Resolución.
Que por Resolución N° 115 de fecha 23/06/2014 la Secretaría de Trans-
porte delegó de manera excepcional y por única vez a esta Dirección Gene-
ral de Transporte, la facultad de otorgar autorizaciones para la explotación
de servicios en la modalidad especial, restringido, obrero, escolar dentro
del marco de reordenamiento dispuesto para esta modalidad de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el Artículo 40, inciso e)
del Decreto N° 254/03; las facultades delegadas por Resolución N° 115 del
23/06/2014 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR al Señor JULIO ALDO VILLEGAS, DNI N°
12.873.980, CUIT N° 20-12873980-8, Ingresos Brutos –Exento-, con domi-
cilio en calle Preciados N° 1057 B° Bella Vista de esta ciudad de Córdoba,
para que preste por el término de DOS (2) años un servicio de transporte
de pasajeros en modalidad Especial, Obrero y Escolar, mediante contrata-
ción previa y sin recorrido permanente, con centro en la ciudad de CÓR-
DOBA y bajo la denominación de “VILLEGAS TOURS”.
Artículo 2°.- DISPONER que se podrá utilizar el parque móvil oportuna-
mente habilitado por Resolución N° 564/2015, por ajustarse a los requisitos
establecidos para la permanencia en servicio, siendo obligación del permi-
sionario acreditar con la periodicidad establecida, que mantiene actualiza-
das las exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del permiso.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de los Servicios Públi-
cos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE

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