Resolución N° 542 'A'.,

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2015
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 75
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 15 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los ar ts. 148 inc. a),
193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil deno-
minada “FUNDACION ARGENTINA SANMARTINIANA SOLIDARIA Y
LIBRE (“FUNDACION F.A.S.S.Y.L.”), con asiento en la Ciudad de Cór-
doba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
Fdo: Guillermo F. García Garro, Director General de Inspección de Personas
Jurídicas
Resolución N° 548 - Letra:A
Córdoba, 22 de Diciembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-124036/2015, mediante el cual la Enti-
dad Civil denominada “FUNDACION MI LUGAR”, con asiento en la Ciudad
de La Calera, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en vir tud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denomi-
nada “FUNDACION MI LUGAR”, con asiento en la Ciudad de La Calera,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
Fdo: Guillermo F. García Garro, Director General de Inspección de Perso-
nas Jurídicas
Resolución N° 547 - Letra:A
Córdoba, 22 de Diciembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120873/2015 mediante el cual la Entidad Civil
denominada “BARRANCAS GOLF CLUB”, con asiento en la Ciudad de Almafuerte,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verica-
do el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 169, 174 y
concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “BA-
RRANCAS GOLF CLUB”, con asiento en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona
Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial,
vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el regis-
tro pertinente y archívese.-
Fdo: Guillermo F. García Garro, Director General de Inspección de Personas Jurí-
dicas
Resolución N° 542 - Letra:A
Córdoba, 22 de Diciembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117508/2015 mediante el cual la Enti-
dad Civil denominada “ENTE PROMOTOR DEL PARQUE INDUSTRIAL
MARCOS JUAREZ-Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Marcos
Juárez, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se

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