Resolución N° 54/SSREGIC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 54/SSREGIC/21
Buenos Aires, 16 de abril de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado por la Ley Nº 6.347.), el Código de la Edificación (Ley 962) el
Decreto Nº 463/19 y sus modificatorios, el Decreto Nº 177/2020, el Código de
Planeamiento Urbano (Ley 449, texto consolidado por la Ley 6.017), el Expediente
Electrónico Nº 2018-34203165-MGEYA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico Nº 2018-34203165-
MGEYA-DGROC, se ha presentado documentación para registrar “Regularización de
obras en contravención” en la finca sita en Suarez N° 2057-63 UF N° 2, de esta
Ciudad destinadas a “Vivienda Multifamiliar;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de setenta con treinta y siete
metros cuadrados (70,37m2), de los cuales sesenta y cinco con sesenta y tres metros
cuadrados (65,63m2) fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (Piso 1°:
dormitorios, hall y depósito); en tanto que cuatro con setenta y cuatro metros
cuadrados (4,74 m2) fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (P. Baja:
escaleras; Piso 1°: paso), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las
obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 8 (PLANO-
2018-33843122-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ Nº
de Orden 95 (PLANO-2020-29517207-GCABA-DGROC);
Que a través IF-2020-17967635-GCABA-DGROC (N° de orden 80) la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación, Verificación y Control informa que los
derechos de Delineación y Construcción están abonados correctamente;
Que la finca en cuestión se encuentra afectada a lo presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación; según consta en Nº de Orden 50 (CE-2019-05341423-GCABA-DGROC) y
Orden 51 (IF-2019-05340016-GCABA-DGROC), autorizándose conforme el
instrumento adjunto al Nº de Orden 14 (RE-2018-34203137-DGROC) y Orden 15 (IF-
2018-34203156-DGROC);
Que conforme surge del informe IF-2020-16957035-GCABA-DGROC ubicado en el
orden 72, el Departamento Urbanístico y de Legislación informa que: “...teniendo en
cuenta que el escribano certifica la titularidad de dominio de las cinco unidades
funcionales, lo cual concuerda con el plano de mensura horizontal, y la autorización
librada en el acta de asamblea, este Departamento entiende que la documentación
presentada resulta suficiente como conformidad del 100%.”
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.
“Trabajos que requieren permiso de obra”, 4.6.3.4 “Escaleras principales - Sus
características" y 4.7.1.9 “Ancho mínimo de circulación interna en vivienda
permanente” todos del Código de la Edificación, según surge de Nº de Orden 98
(IF2021-04905465-GCABA-DGROC); observándose que la misma encuadra en los
términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención” del Código de la Edificación,
modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607) y Resolución Nº
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6117 - 05/05/2021

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