Resolución N° 539/PG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 539/PG/18
Buenos Aires, 28 de agosto de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Leyes N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 5.666) y N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666), las
Resoluciones Conjuntas Nº 1.960/SHyF/PG/2005 y N° 975/MEFGC/2018, y el EE Nº
29745718/PG/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prevé en su artículo 43,
en relación con el régimen de empleo público, que el ingreso a las carreras que abarca
es mediante concurso público abierto;
Que, a su vez, el artículo 134 del citado cuerpo legal estipula, respecto a la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que "El plantel de
abogados de la Ciudad se selecciona por riguroso concurso público de oposición y
antecedentes";
Que, en consonancia con ello, la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), que
sanciona el Régimen de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece, entre otros principios generales sobre
los cuales debe organizarse la carrera administrativa, el de ingreso mediante previo
concurso público abierto;
Que, en ese sentido, el artículo 22 de la Ley Nº 1.218 (texto consolidado por Ley Nº
5.666) dispone que para ser miembro del plantel de abogados de la Procuración
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otros requisitos, se debe
aprobar el concurso público de oposición y antecedentes;
Que, en concordancia con lo expuesto, la Resolución Conjunta N°
1.960/SHyF/PG/2005, relativa al escalafón del personal de la Procuración General,
determina que sus vacantes serán cubiertas por concursos públicos abiertos o
generales;
Que, en ese marco normativo, por EE Nº 29745718/PG/2017 se encauza el trámite
correspondiente al concurso público de oposición y antecedentes de ingreso al plantel
de abogados de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en tal contexto, mediante la Resolución Conjunta N° 975/MEFGC/2018 se
reglamenta el procedimiento de selección para la cobertura de dichas vacantes, a la
vez que se aprueba el anuncio y condiciones de su llamado;
Que, por su parte, la precitada Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), en
su artículo 25, determina que "El tribunal de concurso está integrado por un jurado de
tres (3) miembros, quienes deben ser abogados/as profesores/as universitarios,
titulares de Cátedra de materias jurídicas" y que "Uno de los cargos es designado por
el Procurador/a General, los dos restantes a propuesta del plantel de abogados de la
Procuración General y del órgano que ejerza el control de la matrícula profesional,
respectivamente";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5445 - 29/08/2018

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