Resolución Nº 533/GCABA/SSREGIC/16
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 24692419/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la
calle Blanco Encalada N° 3841
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso
destinadas a "Vivienda Unifamiliar"
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 45.78 m2 los cuales 21.32
fueron ejecutados en forma reglamentaria (PB: Sector cocina-lavadero) en tanto que
24.46 en forma no reglamentaria ( PB: Escalera - PA: Estar intimo), según surge del
cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente
aprobadas s/N° de Orden 9 Pág. 1/2 (PLANO-2016-24692397-DGROC) y los planos
presentados para regularizar la situación s/ N° de Orden 10 (PLANO-2015-24692410-
DGROC), con destino "Vivienda Unifamiliar".
Que obra s/N° de Orden 8 Pág. 1 y 2/3 (RE-2016-24692394-DGROC) la Memoria e
Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización.
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en
el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 47 Pág. 1/2 (RE-2016-
26302524-DGROC),
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. "Trabajos
que requieren permiso de obra" y el Artículo 4.6.3.4 "Escaleras principales - sus
características" ambos del Código de la Edificación.
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en
contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.
N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General
N° 24.887.
Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 48 Pág. 2/3 (IF-2016-26344755-
DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el
resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de
habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales,y según la
declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 8 Pág. 1 y 2/3 (RE-2016-
24692394 -DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y
salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable
por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc.
f) del Artículo...
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