Resolución Nº 531/GCABA/MDEGC/15

FirmantesCabrera
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2015

VISTO:

Las Leyes Nros. 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, 5.239, los Decretos Nros.

1.145/09 95/14 y concordantes, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y

1.160/MHGC/11, la Disposición N° 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico N°

21.383.246/UGIS/15, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Leyes citadas en el Visto se establecen las normas básicas que

contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de

bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los

mismos;

Que el artículo 25 de la Ley N° 2.095, estipula que la selección del contratista para la

ejecución de los contratos contemplados en el régimen de compras y contrataciones

es por regla general mediante licitación pública o concurso público;

Que el artículo 83 de la referida Ley establece que los procesos de compras, ventas y

contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o

digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos

administrativos del proceso;

Que por Decreto N° 1.145/09 se aprobó la reglamentación del artículo precitado y se

implementó el

Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones

denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC);

Que el artículo 9 del Anexo I del mencionado Decreto, ratificado por el Anexo II del

Decreto N° 95/14, fijó el cuadro de competencias de decisión, estableciendo que el

Ministro podrá aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por más de cinco

millones (5.000.000) de unidades de compra;

Que el artículo 28 apartado b) de la Ley N° 5.239 fijó en pesos siete con cincuenta

centavos ($ 7,50) el monto de las unidades de compras y de multas establecidas en la

Ley N° 2.095;

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la contratación del servicio de

distribución de agua potable a realizarse a través de camiones cisterna, desde bocas

de expendio habilitadas por AYSA, hasta villas, núcleos habitacionales transitorios y

barrios carenciados ubicados dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, solicitado por la Unidad de...

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