Resolución N° 53/OGDAI/19

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 53/OGDAI/19
Buenos Aires, 21 de marzo de 2019
VISTOS:
La Ley N°104 (texto consolidado por Ley N°6.017), los Decretos N°260/17, N°427/17,
N°432/17 y N°13/18, y los expedientes electrónicos EX-2019-06896100-GCABA-
COMUNA6 y EX-2018-35112980-MGEYA-DGSOCAI;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las presentes actuaciones, ante este Órgano Garante del Derecho de
Acceso a la Información, tramita el reclamo iniciado el 26 de febrero de 2019, en los
términos del artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017), por el Sr. Sergio
Rosanovich, cuyo número de referencia es EX-2019-06896100-GCABA-COMUNA6,
que fuera interpuesto en relación al pedido de acceso a la información pública que
oportunamente tramitara en EX-2018-35112980-MGEYA-DGSOCAI;
Que, conforme a lo dispuesto por los incisos a), c), d) y f) del artículo 26, de la Ley
N°104 (t.c. Ley N°6.017), son atribuciones del Órgano Garante del Derecho de Acceso
a la Información supervisar de oficio el efectivo cumplimiento del derecho de acceso a
la información pública por parte de los sujetos obligados, recibir y resolver los
reclamos que ante él se interpongan, mediar entre los solicitantes de información y los
sujetos obligados, y formular recomendaciones vinculadas al cumplimiento de la
normativa, a la mayor transparencia en la gestión, y al cumplimiento del ejercicio del
derecho de acceso a la información pública, entre otras funciones;
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 32 de la Ley N°104 (t.c. Ley N°6.017),
aquellas personas que han realizado un pedido de acceso quedan habilitadas a
interponer un reclamo ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la
Información, dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la notificación de
la respuesta o desde el día hábil inmediato posterior a que haya vencido el plazo para
responder la solicitud, con la finalidad de iniciar una instancia de revisión, en el caso
de denegatoria expresa o tácita de una solicitud de información presentada, según
disponen los artículos 12 y 13 de la Ley N°104 (t.c. Ley N °6.017);
Que, el 26 de diciembre de 2018, el solicitante Sergio Rosanovich presentó un pedido
de acceso a la información pública obrante en el EX-2018-35112980-MGEYA-
DGSOCAI, que dirigió al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte del Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, mediante el que solicitó la base de datos de partidas de
parcelas y unidades funcionales, incluyendo el dato de la valuación fiscal actual,
conforme obra en RE-2018-35114009-DGSOCAI;
Que, el 26 de diciembre de 2018, mediante PV-2018-35115620-DGSOCAI, la
Dirección General de Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la
Información, que depende de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos
Legislativos del Ministerio de Gobierno, como autoridad de aplicación de la Ley N°104
(t.c. Ley N°6.017), en función de las competencias que le fueran atribuidas por el
artículo 23, procedió dirigirse a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal
del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a los fines de que se sirva intervenir
y que le giró lo actuado, mediante PV-2018-35116081-DGSOCAI;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5589 - 01/04/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR