Resolución N° 53/AGIP/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 53/AGIP/19
Buenos Aires, 11 de marzo de 2019
VISTO:
El Expediente Nº 34.370.851/DGR/18, el Decreto Nº 1.550/GCABA/08, la Ley Nº 471
(texto consolidado según Ley Nº 6.017), y
CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente Nº 34.370.851/DGR/18, el agente Federico Saslavsky, FC
N° 440.697, DNI Nº 30.653.379, quien revista en el Departamento Notificaciones de la
Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión perteneciente a la Dirección General de
Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, solicita licencia sin
goce de haberes por el término de un año, a partir del 01/05/2019, por razones de
índole personal;
Que la licencia solicitada no encuadra en ninguna de las previstas por el régimen
vigente de la Ley N° 471 (texto consolidado según Ley Nº 6.017);
Que el beneficio peticionado se encuentra previsto en el Decreto Nº 1.550/GCABA/08;
Que analizada la solicitud se estima procedente dictar el acto administrativo dando
lugar a lo peticionado.
Por ello, y en uso de las facultades,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°.- Otórgase la licencia extraordinaria sin goce de haberes requerida por el
agente Federico Saslavsky, F.C. N° 440.697, DNI Nº 30.653.379, quien revista en el
Departamento Notificaciones de la Dirección Asuntos Jurídicos y de Gestión
perteneciente a la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos, a partir del 01/05/2019 y por el término de un año.
Artículo 2°.- Déjase constancia en los términos del Art. 5º del Decreto Nº
1.550/GCABA/08 que el otorgamiento de la presente licencia no altera el normal
desarrollo de las tareas del citado Departamento.
Artículo 3°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de
Economía y Finanzas, y al Departamento Recursos Humanos de la Dirección Gestión
Operativa y de Personal dependiente de la Subdirección General Técnica
Administrativa y de Gestión Operativa de la Administración Gubernamental de
Ingresos Públicos, debiendo este último practicar fehaciente notificación de la presente
al agente precitado.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. Ballotta
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5577 - 14/03/2019

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