Resolución N° 53 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Agosto de 2018
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 149
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 9 DE AGOSTO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Reglamento Interno del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba,
EL PRESIDENTE PROVISORIO, EN EJERCICIO DE
LA PRESIDENCIA DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- ESTABLÉCESE el cambio de agrupamiento de los
agentes nominados en el Anexo I -que compuesto por una (1) foja útil in-
tegra el presente-, los que revistarán a partir del 1° de agosto de 2018 en
el cargo de Ocial Auxiliar (23-340), por haber cumplido los requisitos y
condiciones estipulados en el artículo 86 y cctes. de la Ley N° 9880 y sus
modicatorias, cesando en consecuencia a partir de la misma fecha en el
cargo de Auxiliar Ayudante (42-350).-
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTESE el egreso que demande el cumplimiento
del dispositivo primero a la Jurisdicción 2.0 Poder Legislativo - Programa
900 - Funcionamiento Legislatura de la Provincia de Córdoba – Actividades
Centrales - PR 01 – PA 01 Personal Permanente - y a PR 01 – PA 04 Asig-
naciones Familiares en caso de corresponder, del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 3º.- INSTRÚYASE a la Dirección de Administración y Per-
sonal para que realice los ajustes presupuestarios necesarios para dar
cumplimiento al dispositivo primero.-
ARTÍCULO 4°.- NO hacer lugar a la solicitud de cambio de agrupa-
miento de los agentes nominados en el Anexo II -que compuesto por una
(1) foja útil integra el presente-, por no acreditar el título secundario, requi-
sito que resulta necesario para el ingreso al agrupamiento Administrativo
conforme a las disposiciones del art. 8 inc. e) de la Ley 9880.-
ARTÍCULO 5°.- PROTOCÓLÍCESE, comuníquese, publíquese, notifí-
quese y archívese.-
FDO: SEBASTIÁN MATÍAS ROSSA, SECRETARIO ADMINISTRATIVO / OSCAR
GONZÁLEZ PRESIDENTE PROVISORIO
ANEXO
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 53
Córdoba, 8 de agosto de 2018
VISTO: El expediente N° 0458-054315/2018 y lo establecido por el artículo
121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560.
Y CONSIDERANDO: Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la
multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560, se determina
en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al
menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro de nafta
súper.-
Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de
Combustibles y Anes del Centro de la República (FECAC), el valor del
referido combustible al día 5 de agosto del corriente año es de $32,83,
registrando un incremento con relación al valor dispuesto por la resolución
anterior.-
Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O. 2004), sus mo-
dicatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de
Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N°65/2018, y en ejercicio de
sus atribuciones.
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
R E S U E LVE:
1°: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infraccio-
nes a la Ley Provincial de Transito 8560 en la suma de pesos treinta y dos
con ochenta y tres centavos ($ 32,83).-
2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija
señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de
la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor
mediante la resolución respectiva.-
3°: ORDENAR, que por el Área correspondiente, se proceda a noticar
a las Autoridades de Juzgamiento de la Provincia, a la Dirección General
de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección
de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Gobierno.-
4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese. FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PRE-
VENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 52
Córdoba, 24 de julio de 2018.-
VISTO el Expediente N° 0458-053739/2018, en cuyas actuaciones la Mu-
nicipalidad de Las Varillas, solicita se proceda a la recepción de exa-
men para acreditar los conocimientos, condiciones y capacidades que
habiliten a personal de su dependencia y localidades aledañas que as-
piran a obtener matricula en calidad de Autoridad de Control y de Eva-
luadores Teórico Practico para la Emisión de Licencias de Conducir.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5 de la Ley Provincial de Tránsito N 8.560 (t.o. 2004)
define en calidad de Autoridad de Control, entre otros “...al organismo
que determine la autoridad municipal o comunal de las jurisdicciones
que adhieran a la presente Ley y su Reglamentación, y cuyo personal
esté especialmente capacitado….”.

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