Resolucion N° 53 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 60
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 29 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
precio nal de oferta la suma de $ 2.200.200,00 I.V.A. incluido.
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- MODIFÍCASE el Artículo 2º de la Resolución Nº 363 de
fecha 17 de noviembre de 2016 de este Ministerio, que quedará redactado
de la siguiente manera:
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Dos Millones Doscientos Mil Doscientos ($ 2.200.200,00), conforme
lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en
su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2017/000010, de
acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50 - Programa 500-000
Partida 3.12.01.00 del P.V…..........................................$ 2.200.200,00
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección
General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
Resolución N° 53
Córdoba, 20 de marzo de 2017
Expediente Nº 0521-054790/2017.-
VISTO: este expediente por el cual el Ente Regulador de los Servicios
Públicos (ERSeP) propicia la individualización de los bienes declarados
de utilidad pública y sujetos a expropiación, para la ejecución de la Obra:
“DUPLICACIÓN DE CALZADAS DE LA RUTA NACIONAL N° 19 - TRAMO:
ESTACIÓN DE PEAJE – INICIO VARIANTE RÍO PRIMERO”.
Y CONSIDERANDO:
Que en autos la empresa Caminos de las Sierras insta el presente trá-
mite a los nes de que se proceda a individualizar los inmuebles afectados
destinados a la ejecución de la obra citada precedentemente, de conformi-
dad a lo dispuesto en la Ley Provincial 9857 y Decreto N° 353/2015.
Que la citada empresa acompaña Memoria Descriptiva, Plano de Afec-
tación N° CS-PX(R19)111-ROA, Croquis de Ubicación, Detalle de Parcelas
Afectadas y Planilla de la cual surge que los inmuebles comprendidos son
cuarenta y uno (41), conforme detalle incorporado en las presentes actua-
ciones, y la cual da cuenta del titular del inmueble, la supercie afectada y
su matrícula dominial, entre otros.
Que luce incorporada intervención de la Gerencia Vial y Edilicia del
Ente Regulador de los Servicios Públicos (E.R.Se.P.) en la cual se informa
que, atento que las supercies gracadas en el Plano N° CS-PX (R19)111-
ROA aparecen justicadas con relación a la obra de que se trata, se entien-
de procedente la individualización de las supercies afectadas indicadas
en el mismo y detalladas en la planilla de supercies obrante en autos.
Que la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico del Ente Regula-
dor de los Servicios Públicos (E.R.Se.P.), se expide mediante Dictamen
N° 4/2017, señalando que conforme los antecedentes e informes técnicos
obrantes en autos, la solución presentada por el Concesionario se ajusta a
los requisitos técnicos y legales que rigen la concesión.
Que obra Dictamen N° 84/2017 del Departamento Jurídico de este Mi-
nisterio, en el que se expresa que puede emitirse el acto administrativo
correspondiente individualizando los bienes declarados de utilidad pública
y sujetos a expropiación para la ejecución de la obra de referencia.
Que asimismo señala que deberá darse intervención al Consejo Ge-
neral de Tasaciones de la Provincia, a los nes de que je el valor máximo
correspondiente en concepto de total indemnización por la fracción de los
bienes a expropiar.
Por ello, normativa citada, actuaciones cumplidas, lo dictaminado por
el Departamento Jurídico de este Ministerio bajo el Nº 84/2017, y en ejerci-
cio de las facultades delegadas por Decreto N° 353/2015;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZANSE los bienes declarados de utilidad
pública y sujetos a expropiación por Ley Nº 9857 (declaración genérica
según artículo 2 de la Ley 6.394), para la ejecución de la Obra: “DUPLI-
CACIÓN DE CALZADAS DE LA RUTA NACIONAL N° 19 - TRAMO: ES-
TACIÓN DE PEAJE – INICIO VARIANTE RÍO PRIMERO”, conforme Plano
de Afectación Nº CS-PX(R19)111-ROA, Croquis de ubicación y Detalle de
Parcelas Afectadas y Planilla de datos de cada propiedad afectada, que
como Anexo I compuesto de tres (3) fojas, se acompaña y forma parte inte-
grante del presente instrumento legal, estableciéndose que la identicación
de los inmuebles incluye lo que en más o en menos resulte de los planos
de mensura denitiva que se realicen para la ejecución de la obra.
Artículo 2º.- DETERMÍNASE el valor indemnizatorio de los bienes, por
intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3°.- PROTOCOLíCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la
Provincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad y a Caminos de las
Sierras S.A. a sus efectos.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
anexo: https://goo.gl/TwDJuI
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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