Resolución N° 52/SSOBRAS/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 52/SSOBRAS/21
Buenos Aires, 1 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley N.º 3060, las Resoluciones Nros 155-SIYP/05, 623-SIYP/05, 762-
MDUGC/09, 589- MDUYTGC/2016, 470-GCABA-SECTOP/20 y el Expediente
Electrónico N.º 12030713-GCABA- AUSA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 155-SIYP/05, se creó la Comisión denominada “Unidad de
Contralor de Concesión de Obras Viales” dependiente de la entonces Secretaría de
Infraestructura y Planeamiento, para cumplir funciones de seguimiento y
asesoramiento de las obras, sin perjuicio de las que corresponden al Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos, de conformidad al artículo 2° de la Ley N° 210;
Que mediante la Resolución N° 623-SIYP/05 se aprobó el reglamento para el
funcionamiento de la Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales;
Que a través de la Resolución N° 762-MDUGC/09, se dispuso la continuidad de la
Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales debiendo designar los funcionarios
que tendrán a su cargo la coordinación de dicha Unidad;
Que la “Unidad de Contralor de Concesión de Obras Viales” tiene entre sus
responsabilidades el asesoramiento y seguimiento del Plan de Obras, las
adecuaciones y modificaciones, la emisión de órdenes de servicio, la aceptación de
obras, así como requerir toda clase de informes al concesionario y áreas técnicas del
Gobierno de la Ciudad;
Que por Ley N° 3060, se otorgó la concesión de obra pública de la Red de Autopistas
y Vías Interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la empresa
Autopistas Urbanas S.A., a título oneroso y por el plazo de veinte (20) años;
Que conforme el Art. 2 de la citada ley la concesión tiene por objeto la ejecución de las
obras públicas viales aprobadas por la autoridad de aplicación y la ejecución de obras
públicas no viales, las que deberán contar con previa autorización de la Legislatura;
Que, en este sentido, por Resolución N.º 783-MDUYTGC/2016 el entonces Ministerio
de Desarrollo Urbano y Trasporte, en su carácter de Autoridad de Aplicación,
encomendó a Autopistas Urbanas S.A el “PROYECTO EJECUTIVO Y EJECUCIÓN
Viaducto Elevado sobre las Vías del FFCC San Martín ”;
Que surge la necesidad de solicitar al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva de la Nación, la tenencia precaria de un sector de la Plaza de la Ciencia
con el objeto exclusivo de afectarlo a la construcción de la obra arriba mencionada,
obligándose AUSA S.A. a restituir el terreno cedido con la Plaza de la Ciencia
totalmente reconstruida;
Que en virtud de ello, con fecha 6 de octubre de 2017, se suscribió un Convenio Marco
entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación y la
empresa Autopistas Urbanas S.A., con el objeto de establecer una tenencia precaria y
de ejecutar las obras de “Proyecto Ejecutivo y Ejecución Readecuación Plaza de la
Ciencia”;
Que actualmente la obra se encuentra finalizada con Acta de Recepción Definitiva del
día 25 de Junio del 2021 suscripta entre AUTOPISTAS URBANAS S.A. y la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6250 - 04/11/2021

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