Resolución N° 515 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2016
MARTES 25 DE ABRIL DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 78
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE INVERSION Y
FINANCIAMIENTO
Resolución Nº 17
Córdoba, 18 de Abril de 2017
VISTO: El Decreto Nº 484 de fecha 12 de Abril de 2017,
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se autoriza a los Ministros y Secretarios de
Estado a delegar en las autoridades de las Agencias y Sociedades que
se encuentran bajo sus respectivas órbitas, la facultad de administrar y
disponer de cuentas bancarias abiertas a nombre de la Provincia, para el
cumplimiento de los nes de dichas entidades en los términos y condicio-
nes que a tal efecto se disponga,
Que asimismo la previsión legal faculta a los Ministros y Secretarios de
Estado al dictado de las normas complementarias que resulten necesarias
a dichos efectos,
Que en virtud de ello y a la necesidad de dotar de herramientas de
gestión aptas para un desenvolvimiento ecaz y eciente, corresponde au-
torizar a la AGENCIA CORDOBA DE INVERSION Y FINANCIAMIENTO
S.E.M. a administrar y disponer de cuentas bancarias bajo la titularidad de
la Provincia para el cumplimiento de los nes estipulados por el Anexo II de
la Ley 9454, modicatoria de la Ley 9050,
Por ello y en uso de atribuciones conferidas por la normativa citada,
EL MINISTRO DE INVERSION Y FINANCIAMIENTO
RESUELVE
Artículo 1°: DELEGASE en la AGENCIA CORDOBA INVERSION Y
MINISTERIO DE INVERSION Y FINANCIAMIENTO
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MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
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Resolución N° 513 ............................................................. Pag. 2
Resolución N° 512 ............................................................. Pag. 3
Resolución N° 510 ............................................................. Pag. 4
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
SECRETARIA DE ARQUITECTURA
Resolución N° 721 ............................................................. Pag. 5
Resolución N° 719 ............................................................. Pag. 6
Resolución N° 718 ............................................................. Pag. 6
Resolución N° 701 ............................................................. Pag. 7
Resolución N° 700 ............................................................. Pag. 7
FINANCIAMIENTO S.E.M. la facultad para administrar y disponer de las
cuentas bancarias bajo la titularidad del Ministerio de Inversión y Financia-
miento que se nominan en el listado que como Anexo I se incorpora como
parte integrante del presente a efectos de dar cumplimiento a los nes
legales para los que fue creada.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, comuníquese a la Dirección General
de Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archíve-
se.-
FDO.: RICARDO ROBERTO SOSA - MINISTRO DE INVERSION Y FINANCIAMIEN-
TO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 515
Córdoba, 29 de diciembre de 2016
Expediente Nº 0451-004670/2015.-
VISTO: este expediente en que la Dirección Provincial de Vialidad propi-
cia por Resolución Nº 00864/2016 se autorice una ampliación del subsidio
oportunamente otorgado a la Municipalidad de San Francisco, para realizar
trabajos adicionales en la obra de: “ALTEO DE CALLE RURAL INTERPRO-
VINCIAL ENTRE LAS PROVINCIAS DE CORDOBA Y SANTA FE, A LOS
FINES DE COLOCAR LAS ALCANTARILLAS EN LÍMITE INTERPROVIN-
CIAL ENTRE AMBAS JURISDICCIONES”, por la suma de $ 5.707.638,33.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos nota del señor Intendente de la Mu-
nicipalidad de San Francisco mediante la cual solicita una ampliación del
subsidio que fuera otorgado por Resolución Nº 145/2015 del entonces Mi-
nisterio de Infraestructura, a los nes de realizar trabajos adicionales en la
obra de referencia, debido a problemas de evacuación de los excedentes
hídricos acumulados del lado oeste del camino interprovincial, producido
por las intensas precipitaciones.
Que maniesta también, que dichos trabajos resultan necesarios de
realizar y que consisten en la limpieza y desmonte del canal existente,

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