Resolución N° 514/AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 514/AGC/18
Buenos Aires, 7 de septiembre de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (Texto consolidado por la Ley
N° 5.666), el Expediente N° 00894234/2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de ampliación de
superficie con redistribución de usos de habilitación, efectuada por el Sr. Jorge Alberto
CASSARA en su carácter de Socio Gerente de "LABORATORIO PABLO CASSARA
S.R.L", respecto del local sito en la calle Saladillo N°3495 esquina La Rosa
N°7403/7415 /7495 esquina Av. General Paz N° 14262/14268/14270 Planta Baja 1°,
2° y 3° piso de esta Ciudad, para los rubros: Fabricación de cosméticos, perfumes y
productos de higiene y tocador; depósito de comestibles en general, fraccionamiento y
envasamiento de comestibles en general, depósito de productos alimenticios
dietéticos; depósito de drogas especialidades medicinales; depósito de herboristería.
fraccionamiento y envasamiento; depósito de perfumes y productos de higiene y
tocador; depósito de medicamentos envasados; deposito complementario de materias
primas y/o productos elaborados; depósito de máquinas y equipos; fabricación de
medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos; fraccionamiento y envasado
de medicamentos y productos medicinales; fabricación de medicamentos de uso
veterinario; fraccionamiento y envasado de productos veterinarios con una superficie
habilitada de 8.471,90 m2, y a habilitar de 4258,10 m2.;
Que por Informe de Rubros Rechazado y Motivos (orden n° 7), la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la solicitud de habilitación por no encontrarse
acreditadas las condiciones mínimas de seguridad exigibles para el desarrollo de la
actividad de conformidad con lo normado en el Art.9º del Decreto Nº93/2006, siendo
notificado el administrado por cedula (orden n° 12);
Que mediante RE- 2017-29822684-AGC (orden n° 19), el administrado interpone
recurso de reconsideración contra el acto administrativo de rechazo;
Que a través de Informe-2018-13795324075-AGC (orden n° 23), la Gerencia
Operativa Dictámenes dependiente de la Dirección General Legal y Técnica de esta
Agencia Gubernamental de Control, rechazó el recurso intentado toda vez que no
cumplió con las observaciones previamente notificadas;
Que por DI-2018-6498-DGHP (orden n° 30), la Dirección General de Habilitaciones y
Permisos mantiene el rechazo efectuado en la presente solicitud, en tanto no existen
elementos que modifiquen el criterio adoptado. Siendo el administrado notificado
fehacientemente (orden n° 32);
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico ínsito, en los
términos previstos por el artículo 111° y subsiguientes del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1.510-GCBA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5454 - 11/09/2018

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