Resolución Nº 510/GCABA/MJYSGC/15

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2015

VISTO:

Las Leyes N°4894, N° 4013 y N° 4516, los Decretos N°376/14 y N° 530/14, las

Resoluciones N° 129/MJYSGC/15 y N° 443/MJYSGC/15, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones N° 129/MJYSGC/15 y N° 443/MJYSGC/15, se

establecieron los montos en concepto de viáticos y de compensación económica por

capacitación que serán abonados a los ciudadanos que cumplan funciones de

autoridad de mesa en las elecciones generales convocadas, mediante Decreto N°

530/14 para el día 5 de julio del corriente año;

Que en dicha oportunidad se utilizará para la emisión del sufragio el Sistema de Boleta

Única Electrónica, por lo que se ha estimado relevante que los ciudadanos que

participen como autoridades de mesa de votación, cuenten con una adecuada

capacitación integral sobre la utilización de dicho sistema;

Que en ese entendimiento, y sin perjuicio de la capacitación general que se impartirá

conforme lo disponga el Tribunal Superior de Justicia en su carácter de autoridad

electoral, se ha previsto que, el día previo a que se realicen los comicios, completen su

capacitación en el lugar de votación que les fuera asignado como autoridades de

mesa, a fin de conocer plenamente aquellas actividades que deban desplegar para la

correcta aplicación del Sistema en cuestión;

Que en virtud de ello, se ha resuelto que por dicha asistencia se abonara una suma

adicional a la establecida por capacitación, por las Resoluciones citadas en el visto, de

pesos doscientos ($ 200.-);

Que las Leyes N° 4013 y N° 4516 establecen dentro de las competencias del

Ministerio de Justicia y Seguridad la de "Organizar las estructuras de asistencia

técnica y ejecución de la convocatoria electoral, el financiamiento de los partidos

políticos y los institutos de la democracia participativa, tanto en el orden de la Ciudad

como en el de las Comunas, en coordinación con el Ministerio de Gobierno.";

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

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