Resolución Nº 510 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 133
CORDOBA, (R.A.), LUNES 11 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Nivel Inicial “CORONEL CARPANI COSTA” Anexo, de La Encrucijada -De-
partamento Río Seco- (EE0660719), dependiente de la Dirección General
de Educación Inicial, a partir de la fecha de la presente resolución, y en
consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonicación del ochenta por
ciento (80%) a su personal docente y del cincuenta y dos por ciento (52%)
a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 510
Córdoba, 9 de junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-123081/15 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por
localización de la Escuela de Nivel Inicial “PROVINCIA DE LA RIOJA” de
Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Inicial, y la per-
tinente asignación de la bonicación respectiva a su personal docente y no
docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta instancia
clasicar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de locali-
zación correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente
y no docente el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2573/2015 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 17 por la entonces Direc-
ción de Coordinación de Asuntos Legales;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E :
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización a la Escuela
de Nivel Inicial “PROVINCIA DE LA RIOJA” de Capital, dependiente de la
Dirección General de Educación Inicial, a partir de la fecha de la presente
resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonicación
del veinte por ciento (20%) a su personal docente y del trece por ciento
(13%) a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2°
inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa354; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 173 - Letra:A
Córdoba, 30 de junio de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0528-006521/2016, mediante el cual la en-
tidad civil denominada “LUZ EN TU CAMINO ASOCIACION CIVIL, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “LUZ EN TU
CAMINO ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“LUZ EN TU CAMINO ASOCIACION CIVIL”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS

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