Resolución N° 507/CDNNYA/18

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 507/CDNNYA/18
Buenos Aires, 11 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por
Decreto 1510/97, (texto consolidado Ley N° 5.666), el Decreto N° 224/GCABA/2013,
las Resoluciones Nros. 101/CDNNYA/2018; N° 112/CDNNYA/2018; N°
123/CDNNYA/2018; N° 136/CDNYYA/2018; N° 161/CDNNYA/2018, el Expediente
Electrónico N° 04.314.638/MGEYA-DGLTACDN/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 224/GCABA/2013 y sus modificatorios, se estableció que la
contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el
régimen de Locación de Obras y Servicios deberán tramitar utilizando el Módulo
“LOyS“ del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE);
Que por el Expediente Electrónico Nº 04.314.638/MGEyA-DGLTACDN/2018 tramita la
aprobación de la contratación del personal, a partir del 1° de enero hasta el 31 de
diciembre de 2018, que desarrolla tareas en este Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes bajo la modalidad de contrato de locación de servicios;
Que es responsabilidad de la Presidencia del organismo tomar las medidas
conducentes para el mejor funcionamiento del Consejo;
Que la Dirección Operativa de Recursos Humanos informa que por los Expedientes
Electrónicos N° EX-2017-29800654-MGEYA-DGLTACDN (Pieske, Ana Marcela); EX-
2017-29789591-MGEYA-DGLTACDN (Padilla, María Paula); EX-2017-29713471-
MGEYA-DGLTACDN (Andrade Valera, Antonio Ramón); EX-2017-29777123-MGEYA-
DGLTACDN (Mazza Naillanca, Lihuen); EX-2017-29803121-MGEYA-DGLTACDN
(Piñeiro, Graciela); EX-2017-29996859-MGEYA-DGLTACDN (Caraguel, Inés) se
autorizó la contratación de las personas mencionadas bajo la modalidad de locación
de servicios / obra, para desempeñarse en el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes por el período y en la forma que se detalla en el Anexo de la
presente;
Que la Dirección Operativa citada observó que las Resoluciones N°
101/CDNNYA/2018; N° 112/CDNNYA/2018; N° 123/CDNNYA/2018; N°
136/CDNYYA/2018; N° 161/CDNNYA/2018, que autorizaron las contrataciones de los
involucrados, se cometió un error involuntario en el monto y período en la carga en
sistema Loys;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires, aprobada por Decreto 1510/97, ratificado por Resolución de la
Legislatura Nº 41/1998 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) establece que en
cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y
los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que por lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto administrativo, en
el sentido expuesto a fin de subsanar el error y remitir los expedientes citados a
guarda temporal;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5374 - 16/05/2018

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