Resolución N° 50/DEJENTUR/21

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición12 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 50/DEJENTUR/21
Buenos Aires, 7 de abril de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 600, 2.627 y modificatorias (Ambos textos consolidados por
Ley N° 6.347), la Resolución N° 7-ENTUR/21 y el Expediente Electrónico N°
6.550.449-GCABA-ENTUR/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 600 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) declara al Turismo como
actividad socioeconómica de interés público y cultural para la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 8° de dicha norma prevé las atribuciones del Organismo de Aplicación
incluyendo, entre otras, fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya a la promoción
del turismo y a la excelencia de los servicios; y crear las herramientas necesarias para
posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y
convenciones;
Que por Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y sus modificatorias, se
creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica,
en el ámbito de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y programas
de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica estratégica
de la Ciudad;
Que de conformidad a lo previsto en el artículo 3º del plexo legal citado en último
término, entre las funciones y facultades atribuidas al Ente de Turismo de la Ciudad se
encuentra la consistente en hacer cumplir las disposiciones de su ley de creación, su
reglamentación y disposiciones complementarias, verificando y registrando las
condiciones de prestación de los servicios turísticos conforme las exigencias de la Ley
N° 600 (texto consolidado por Ley N° 6.347), complementarias y concordantes;
Que mediante Notas vinculadas digitalmente como IF-2021-06538846-GCABA-
DGTALET e IF-2021-06539337-GCABA-DGTALET se solicita el otorgamiento del
auspicio para el “XXXVII CONGRESO Virtual INTERAMERICANO DE INGENIERIA
SANITARIA Y AMBIENTAL” que se desarrollará entre los días 12 y 14 de abril de 2021
de forma virtual.
Que conforme la Resolución N° 7-ENTUR/21 se encuentra dentro del ámbito de
acciones de la Dirección General Desarrollo Turístico la de gestionar el otorgamiento
de los auspicios institucionales solicitados al Ente de Turismo;
Que mediante Informe N° IF-2021-10129740-GCABA-DGDTU, la Gerencia Operativa
de Competitividad y Regulación Turística se expide respecto de las razones de mérito,
oportunidad y conveniencia de otorgar el auspicio solicitado, propiciando el
otorgamiento del mismo, ello en vista de la importancia que representa para nuestra
Ciudad contar con este evento que contribuye al posicionamiento de la misma en el
Segmento de Turismo de Reuniones y Eventos;
Que aclara en dicho informe que el auspicio institucional que se propone no generará
erogación presupuestaria alguna para el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, ni exime a la entidad solicitante de sus obligaciones fiscales respecto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6096 - 12/04/2021

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