Resolución N° 50

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 252
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- APROBAR los nuevos Formularios F- 1010 REV. 00
“LIQUIDACIÓN DE DEUDA” y F-1011 REV. 00 “PLAN DE PAGO y PRI-
MERA CUOTA”, que serán utilizados para la emisión, en una misma liqui-
dación, de la deuda del Impuesto Inmobiliario, (incluyendo Regímenes
Especiales), Impuesto a la Propiedad del Automotor, e Impuesto Sobre los
Ingresos Brutos, que el contribuyente tenga registrada a su nombre con
independencia de la instancia en que se encuentre la misma (en Gestión
Administrativa Prejudicial, Judicial, y/o Proceso de Ejecución Fiscal Admi-
nistrativo con Control Judicial) la que podrá ser generada por la web con
clave, a través de la funcionalidad Emisión
Multi Gestión/Multi Objeto y que se adjuntan a la presente.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del día
19-12-2016.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín O-
cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO.: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS,
Anexo: https://goo.gl/B10lVf
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE TESORERÍA Y
CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 50
Córdoba, 19 de diciembre de 2016
VISTO:
El Expte. 0706-116011/2015/A19 en el que la rma ARC S.R.L. solicita
el pago de intereses del certicado 12 de la obra Reparación calles urba-
nas, caminos vecinales y red terciaria provincial en Sierras Chicas Norte
– Dpto. Colón, contratada en Expte.: 0706-116011/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que de la Escritura Pública 73 Sección B, cuya copia auténtica obra a
fs. 9, surge que el peticionante ha cedido al Fideicomiso de Administración
y Garantía AMADGAR “la totalidad de los derechos crediticios pasados,
presentes y futuros (…) que deban ser abonados por la Dirección de Teso-
rería General y Crédito Público de la Provincia de Córdoba”.
Que la situación fáctica descripta tiene su encuadramiento en los artí-
culos 1614, 1616 y 1620 del CCyCN en cuanto disponen que “hay cesión
cuando una de las partes transere a otra un derecho”, “todo derecho pue-
de ser cedido” y “la cesión tiene efectos respecto de terceros desde su
noticación”.
Que, en consecuencia, el recurrente carece de personería legitimante
para formular el reclamo, por lo que el mismo resulta improcedente.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 7850 en su
artículo 41, con fundamento en los artículos 1614, 1616 y 1620 del Código
Civil y Comercial de la Nación, y atento al Informe 022/16 de la División
Asuntos Legales,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) RECHAZAR el pedido de intereses sobre el certicado 12 de la
obra Reparación calles urbanas, caminos vecinales y red terciaria provin-
cial en Sierras Chicas Norte – Dpto. Colón, contratada en Expte.: 0706-
116011/2015 con la rma ARC S.R.L.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
Archívese.
FDO.: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 49
Córdoba, 15 de diciembre de 2016
VISTO:
El Expte. 0040-061769/2016 en el que se tramita el cambio de cargo de
los DUEE 30 Ej. 2016 del Ministerio de Finanzas, intervención ordenado a
pagar números 13, 23, 33, 34 y 37.
Y CONSIDERANDO:
Que los citados DUEE atienden el pago cor respondi ente a Ap ortes
del Tesoro Nacional a las siguientes Municipalidades y Comunas: La
Cumbrecita, El Brete, Punta del Agua, Lucio V. Mansilla y Ordóñez, que
reconocen como fuente de financiamiento al Tesoro Provincial.
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 62 inciso 2 del Anexo A
de la Resolución 002/14 de la Secretaría de Administración Financiera,
los DUEE fueron emitidos con cargo al Servicio Administrativo.
Que es necesar io que, en estos actuados, los DUEE sean a cargo
de Tesorería General, para poder cumplir con prontitud la transferencia
de fondos al Municipio o Comuna correspondiente.
Que el artículo 65 segundo párrafo del Anexo A de la Resolución
02/14 de la Secretaría de Administración Financiera dispone que es
facultad de esta Tesorería General disponer el cambio de cargo de un
DUEE, cuando este cambio se realice por otro distinto al establecido
en esta norma.
Por ello,

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