Resolucion N° 5
Emisor | Dccion Defensa del Consumidor |
Fecha de la disposición | 1 de Febrero de 2016 |
RESOLUCION N° 5
Mendoza, 1 de febrero de 2016
Visto: Los diferentes fallos del Honorable Tribunal de Cuentas, donde observan la falta de registración contable en tiempo y forma de las cuentas por cobrar y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario establece un procedimiento acorde a los requerimientos establecidos por el Honorable Tribunal de Cuentas.
Que por ello en el Anexo I de la presente resolución se detalla el procedimiento a seguir al aplicar una sanción al sumariado.
Por ello,
LA DIRECTORA DE DEFENSA
DEL
CONSUMIDOR
RESUELVE:
Establézcase el procedimiento para aplicar sanción, según consta en el Anexo I.
Publíquese en el Boletín Oficial la presente Resolución.
Archívese.
Mónica S. Lucero
Al emitirse una resolución que sanciona al sumariado con la imposición de una multa, de numera y se hace firmar por la Directora. Luego se procede a scannear y enviar por correo electrónico a la Subdirección de Contabilidad y Presupuesto del Ministerio, para efectuar la apertura de cuenta (factura), a través del sistema SIDICO, dentro de los tres días hábiles. Es importante destacar que esta Dirección no posee el sistema SIDICO.
A posteriori se procede a enviar la pieza administrativa a Mesa de Entrada, por Sistema Mesas, para que la misma sea girada a la Subdirección de Contabilidad y Presupuesto del Ministerio para que se adjunte la factura, firmada por los Responsables del CUC. Luego vuelve la pieza administrativa a la Mesa de Entrada de esta Dirección y desde allí sale una nota hacia el Boletín Oficial con copia de la resolución y posteriormente pasa por Sistema Mesas al Sector de Notificaciones, para notificar al sancionado, otorgándosele un plazo de 10 días, a efectos de que abone la multa impuesta.
Cumplido ello, la pieza administrativa vuelve a Sector de Asesoría Contable y vencido el plazo para el pago y transcurrido el plazo para la presentación del recurso administrativo correspondiente (10 días hábiles), e independientemente de que este haya sido o no articulado, se procede a asentar en un Excel.
En caso de haber o no, presentado recurso de revocatoria se realiza la liquidación de deuda y se informa a la Administración Tributaria Mendoza - ATM, mediante nota, a fin de que inicie el juicio de apremio correspondiente. La Administración Tributaria Mendoza - ATM procede a la confección de la
boleta de deuda,
notificando a esta Dirección...
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