Resolución N° 5 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 218
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 8 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE GOBIERNO
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA
Resolución N° 5
Córdoba, 6 de noviembre de 2017
VISTO: el Expediente N° 0423-051657/2017, del registro del Ministerio de
Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la devolución de pagos
indebidos de la tasa retributiva del servicio de Vericación y/o Grabados de
autopartes de automotores, a favor de distintos contribuyentes.
Que obra presentación efectuada por los contribuyentes que se en-
cuentran nominados en el Anexo que se acompaña a la presente, donde
solicitan la devolución de pagos indebidos de la tasa retributiva del servicio
de Vericación y/o Grabados de autopartes de automotores, conforme lo
dispuesto en el Código Tributario Provincial, Ley 6006, T.O. 2015 y modi-
catorias.
Que conforme a las constancias de autos, los contribuyentes cumplie-
ron con los requisitos y condiciones previstos para la realización del trámi-
te.
Que en ese sentido, cada contribuyente acompañó la documentación
necesaria para corroborar la existencia de un doble pago respecto de la
tasa retributiva de servicios prevista para la realización de los trámites de
vericación y/o grabado de autopartes, incluido el comprobante de pago
original debidamente intervenido por el personal de la repartición,
Que por su parte, la Dirección de Jurisdicción de Sistemas de este
Ministerio corroboró que efectivamente los contribuyentes ingresaron un
doble pago para la gestión de un mismo servicio.
Que por otra parte, se autoriza a la Dirección General de Administra-
ción de este Ministerio y a la Dirección de Administración de la Policía de
la Provincia de Córdoba, a proceder a la devolución de los importes corres-
pondientes a cada servicio, mediante transferencia bancaria al CBU que
cada contribuyente denunció.
Que nalmente, cabe referir que el presente resolutorio será publicado
durante cinco (5) días en el Boletín Ocial.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dispuesto
por los artículos 120, 121, 300 y concordantes del Código Tributario Pro-
vincial, Ley 6006, T.O. 2015 y modicatorias, lo dictaminado por la Direc-
ción de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo
N° 1086/2017 y en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial N° 801/17,
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- ÓRDENASE la devolución de los importes abonados
indebidamente correspondientes a la tasa retributiva del servicio de Veri-
cación y/o Grabados de autopartes de automotores, a favor de los contri-
buyentes que se encuentran nominados en el Anexo Único de una (1) foja
útil, que se acompaña a la presente, y en consecuencia, AUTORÍZASE a
la Dirección General de Administración de este Ministerio y a la Dirección
de Administración de la Policía de la Provincia de Córdoba, a proceder a la
devolución de los importes correspondientes a cada servicio.
Artículo 2°.- PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia de Cór-
doba por el término de cinco (5) días.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio y a la Dirección de Administra-
ción de la Policía de la Provincia de Córdoba, comuníquese, publíquese y
archívese.
FDO: DR. SEBASTIÁN ROBERTO SERRANO, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN AD-
MINISTRATIVA
ANEXO: https://goo.gl/ksV36c
POLICÍA DE LA PROVINCIA
Resolución N° 67391 - Letra:J
Córdoba, 3 de noviembre de 2017.
VISTO el Expediente Nº: 0182-034447/2017, por el cual se tramitó el llama-
do a Licitación Pública Nº: 7/2017 para la “ADQUISICIÓN DE UN MIL QUI-
NIENTOS (1.500) BOLSOS DE VIAJE CON DESTINO A LA DIRECCION
GENERAL DE POLICIA CAMINERA DE ESTA REPARTICIÓN”.
CONSIDERANDO, que a fs. 31 obra Resolución “J” Nº: 67053 de fecha
26/09/2017, mediante la cual fue autorizada la gestión licitatoria en cues-
tión.
Que a fs. 44/45 obra Acta de Apertura de la licitación de mención con
fecha 11/10/2017 de donde surge que presentaron propuestas las rmas:
AMES RUTH ANGELICA Y MARIA VERONICA SOCIEDAD SIMPLE” con
una propuesta económica estipulada en un monto total de PESOS UN MI-
LLON CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 1.455.000) y “RO-
MERO MIGUEL” con una propuesta económica estipulada en un monto
total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 744.000).
Que a fs. 128 obra análisis técnico efectuado por la Dirección General
de Policía Caminera sobre las propuestas presentadas, en donde determi-
na que las ofertas codicadas como muestras “A” y “B” no cumplimentan
con la totalidad de los requisitos solicitados en el Pliego de Especicacio-
nes Técnicas y determina respecto a los precios cotizados por los oferen-
tes, que solamente la “MUESTRA B” se encuentra acorde a los valores del
mercado, no así la “MUESTRA A” resultando ambas ofertas económicas in-
convenientes e inadmisibles. Asimismo el Sr. Director General (I) de Policía
Caminera informa que dichos bolsos constituyen un elemento necesario
para el desenvolvimiento de la tarea policial y ratica las especicaciones
técnicas, muestra patrón y justiprecio estimado.
EL JEFE DE POLICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E
1. DECLARAR FRACASADA la presente Licitación Pública, en vir-
tud a lo reglado en el artículo 7.1.7 del Decreto Reglamentario Nº: 305/2014.

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