Resolución Nº 498/GCABA/PG/17
Firmantes | Astarloa |
Emisor | F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD |
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 6.888.106-MGEYA-DGSUM-2015 y asociados
Expediente Electrónico N° 7.614.751-MGEYA-PG-2014, N° 4851766-MGEYA-PG y N°
4852120-MGEYA-PG, por el que se instruyó el Sumario Administrativo N° 1018/15 y;
CONSIDERANDO:
Que el entonces Procurador General ordenó, mediante Resolución N° 129-PG-2015,
que luce agregada en el orden 52, instruir el presente sumario administrativo a fin de
investigar las irregularidades administrativas supuestamente incurridas, -sea por
acción u omisión- en torno a la denuncia articulada por el Sr. José Luis Petersen, DNI.
N° 13.242.556, contra el personal y funcionarios de la Agencia Gubernamental de
Control del Gobierno de la Ciudad, en razón de los hechos que se describen en los
considerandos de la precitada Resolución que dieron lugar a la formación del proceso
penal que tramita bajo el número de Causa 59.140/14/FN 108.225/14, caratulada:
"Alonso, Osvaldo y otros s/ Defraudación contra la Administración Pública y Otros",
con intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 47, a cargo de
la Dra. Mónica L. Berdion de Crudo, Secretaría N° 136, a cargo del Dr. Juan Pablo
Strifezza, todo ello, para deslindar y/o atribuir las responsabilidades disciplinarias que
pudieren corresponder.
Que la presente investigación sumarial se originó con motivo de la presentación
efectuada por el ex empleado de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), Sr.
José Luis Petersen, DNI N° 13.242.556 (orden 9 GD N° 7.644.545-PG-14), quien
denunció a cinco agentes de la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos -USIP-
contratados bajo la modalidad "LOYS", quienes cobrarían presuntamente haberes sin
cumplir funciones ni concurrir a sus lugares de trabajo; que tales irregularidades
pudieron ser cometidas gracias a la connivencia o el aval de personal jerárquico de la
Agencia Gubernamental de Control (AGC), con quienes esos agentes se encontraban
relacionados por vínculos familiares y/o de amistad.
Que de los considerandos de la Resolución citada en el primer párrafo surge que
simultáneamente con la presentación administrativa, el Sr. Petersen formalizó una
denuncia ante la justicia penal, originándose la causa referida, con intervención de la
Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 19, cuyo titular interino Dr. Marcelo
Eduardo Munilla Lacasa en fecha 01/12/2014, solicitó bajo los términos del art. 294
CPPNN, las indagatorias de los agentes y ex agentes de esta Administración: Soledad
Aída Del Fiore (DNI N° 30.895.760), Jorgelina Roxana Puppi (DNI N° 25.332.421),
Karina Beatriz García, (DNI N° 20.286.952), José Ricardo Rodríguez Varela (DNI N°
10.203.959) y Ricardo Alejandro Chacón (DNI N° 7.843.740). Debe aclararse que
estos dos últimos no habían sido mencionados por el denunciante en su presentación
que luce en el orden 9, sino que los mismos surgen de lo manifestado en el orden 34,
donde obra la declaración testimonial de José Luis Petersen, quien fuera citado por el
Departamento de Actuaciones Presumariales.
Que en la denuncia de orden 9 se detalló que la ex agente Soledad Del Fiore estuvo
contratada desde enero/2013 por un año (Resol. N° 49/AGC/13), renovado por un año
más (Resol. N° 51/AGC/14), hasta que con fecha 30/06/2014 se dispuso su rescisión
(Resol. N° 378/AGC/14), percibiendo durante ambos años un monto mensual de
$.14.000 en la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos (USIP), primero como
"analista" y luego como "profesional". La nombrada era esposa de Leandro Harillo -
Gerente de Programación de la USIP-.
Que por su parte Jorgelina Puppi fue contratada desde enero/2013 por un año (Resol.
N° 19/AGC/13), contrato que fue renovado pero en la Dirección de Fiscalización y
Control de Obras, dependiente de la AGC (Resol. N° 42/AGC/14), por un monto
mensual de $.11.592, en la USIP con función de carácter "administrativa, técnica
Superior en higiene y seguridad".
Que Karina García también fue contratada durante noviembre y diciembre de 2013
(Resol. N° 646/AGC/13), y luego en enero/14 se renovó por un año (Resol. N°
56/AGC/14), por un monto mensual de $.7.000 durante el 2013, de $.14.500 durante
enero y febrero de 2014 y de $.7.500 de marzo a diciembre de 2014, en la USIP en
función de carácter "administrativo", (ex esposa del Sr. Juan Carlos Molina Alfaro, ex
Director General de la USIP).
Que José Rodríguez Varela estuvo contratado en enero/13 por un año (Resol. N°
19/AGC/13), percibiendo mensualmente la suma de $.11.592, en la USIP como
"administrativo".
Que por último Ricardo Chacón fue contratado en enero/13 por un año (Resol. N°
19/AGC/13), percibiendo un monto de $.6.900 mensualmente, en la USIP como
"asesor-bachiller", (esposo de la Sra. Alicia Guillén, ex secretaria del Director Molina
Alfaro).
Que a orden 14, Roberto Padilla, entonces Director General Legal y Técnico de la
Dirección General Legal y Técnica de la AGC, informó a esta Dirección General de
Sumarios que por Resolución N° 378-AGC/14, (orden 25), se rescindió a partir del 30
de junio de 2014, el contrato de locación de servicios que vinculaba a esa Agencia con
los agentes Soledad Del Fiore, José Luis Petersen (cuya denuncia dio origen al
presente sumario), Tomás Manuel Pannunzio a partir del 30/06/2014, y del señor
Máximo Crespo, a partir del 31/05/2014.
Que en el orden 16, se acompañaron copias de los contratos de locación de servicios
de Jorgelina Roxana Puppi, Karina Beatriz García y de Soledad Aída Del Fiore.
Que a través del Informe N° 2014-7376085-AGC obrante en el orden 18, la entonces
Subgerente Operativa Técnico Legal de la Dirección de Asuntos Jurídicos (D.A.J.) de
la Agencia Gubernamental de Control (AGC), Gabriela Cesarini, puso en conocimiento
de la superioridad que mediante Resolución N° 51/AGC/14 se autorizó las
contrataciones de los Sres. José Luis Petersen y Soledad Aída Del Fiore para que
ambos presten servicios en la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos, bajo la
modalidad de contratos de locación de servicios.
Que a orden 19, obra el listado de las personas que fueron contratadas en las distintas
reparticiones y por los respectivos periodos, destacándose que Tomás Manuel
Pannunzio, CUIT N° 20-29.375.396-3 fue vinculado a la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos (DGHP), por medio de un contrato de locación de servicios,
durante el periodo 01/01/2014 al 31/12/2014 (Resolución N° 56-AGC/14), con baja por
rescisión del 30/06/2014.
Que José Luis Petersen, CUIT N° 20-13.242.556-7 fue contratado por la Unidad de
Sistemas Informáticos y Procesos (USIP), mediante locación de servicios entre el
01/01/2014 y el 31/12/2014, (Resolución N° 51-AGC/2014), con fecha rescisión del
30/06/2014.
Que Soledad Aída Del Fiore, CUIT N° 27-30.895.760-3 estuvo vinculada a la Unidad
de Sistemas Informáticos y Procesos (USIP), en virtud de un contrato de locación de
servicios, entre el 01/01/2014 y el 31/12/2014, (Resolución N° 51-AGC/2014) con
rescisión de fecha 30/06/2014.
Que Máximo Crespo, CUIT N° 20-27.150.472-2 fue contratado en la Dirección General
de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHYSA), mediante un contrato de locación de
servicios, (Resolución N° 70-AGC/2014), del 01/01/2014 al 31/12/2014, con rescisión
del 31/05/2014.
Que mediante la Nota N° 07.334.760/AGC/14 de orden 20, la Subgerente Operativa de
Administración de Personal, Amelia Ayerza, solicitó a Gabriela Cesarini de la Agencia
Gubernamental de Control la rescisión de los contratos suscriptos entre dicha agencia
y las personas referidas ut-supra.
Que en el orden 34 obra la declaración testimonial de José Luis Petersen, quien fuera
citado por el Departamento de Actuaciones Presumariales de la Dirección General de
Sumarios, indicando que a esa fecha (3/02/2015), se encontraba desvinculado del
GCBA por haberse rescindido su contrato de locación de servicios mediante la
Resolución N° 378/AGC/2014 del 30/06/2014.
Que refirió que trabajó desde noviembre de 2002 en el Gobierno de la Ciudad, y desde
mayo 2012 en la AGC, Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos USIP, como
Director de Proyectos en la Gerencia de Ingeniería de Procesos, aduciendo poseer
título de analista de sistemas.
Que sostuvo que en enero de 2014, el Gerente de Ingeniería de Procesos Jorge
Andrés Zalazar, le envió un e-mail con información del contrato de la Sra. Jorgelina
Roxana Puppi (contrato ligado con el Sr. Osvaldo Alonso, que por ese entonces ya no
era Director de la USIP), ya que con él mantenía una muy buena relación laboral, con
el objeto de que el declarante se enterase de la existencia de ese contrato, que
continuaba vigente, aunque luego Alonso se fue a trabajar a otra área (Dirección
General Fiscalización y Control -DGFYCO-), siendo renovado más tarde, pero ya en
esta repartición.
Que relató que en enero de 2014, se produjo la renovación de los contratos y con
motivo de saludar al Sr. Leandro Harillo (Gerente de...
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