Resolución N° 492/MHFGC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 492/MHFGC/21
Buenos Aires, 2 de agosto de 2021
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y 167/PEN/21, los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20,17/20, 5/21, 7/21,
8/21 y 9/21, el Decreto N° 32/21, las Resoluciones Conjuntas Nros. 96-GCABA-
MHFGC/21, 104-GCABA-MHFGC/21 y 283-GCABA- MHFGC/21, el Expediente
Electrónico N° 22235933-GCABA-DGAYDRH/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a
partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fuera prorrogado mediante
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21 hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/20 y sus prórrogas establecidas por
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20,15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21
y 9/21, se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires hasta el 31 de Agosto de 2021, inclusive, a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del coronavirus (COVID-19);
Que mediante el Decreto N° 32/21 se creó la Planta Transitoria “Plan de Vacunación
COVID-19”, dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y
Comunitaria del Ministerio de Salud para el período comprendido entre el 15 de enero
y el 31 de marzo de 2021, de conformidad con lo establecido en el Anexo “I” (IF-2021-
03599366-GCABA-DGAYDRH, a los fines de poner en marcha el referido plan de
vacunación y atender la situación epidemiológica y sanitaria vigente que diera lugar a
la emergencia sanitaria imperante;
Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 96 y 283/GCABA-MHFGC/21, se
prorrogaron hasta el 31 de julio de 2021, la vigencia y designaciones efectuadas de la
Planta Transitoria de “Plan de Vacunación COVID-19”, en el marco el citado Decreto;
Que, asimismo Resolución Conjunta RESFC N° 104/GCABA-MHFGC/21, se amplió la
dotación de la citada Planta Transitoria con los alcances establecidos en el Decreto N°
32/21 y en la Resolución Conjunta RESFC N° 96/GCABA-MHFGC/21;
Que en virtud del artículo 5° del Decreto N° 32/21 se ha facultado, en forma conjunta,
al titular del Ministerio de Salud y al titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a
realizar modificaciones en la referida planta transitoria;
Que atento a las necesidades dinámicas para la prestación de servicios en el marco
de la citada pandemia, de la propia evolución de la misma y de la prórroga de la
emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 9/21,
resulta conveniente prorrogar hasta el 31 de Agosto de 2021 la vigencia de la Planta
Transitoria creada por Decreto N° 32/21;
Que asimismo y con el objeto de no perder la continuidad en la prestación de dichos
servicios, resulta pertinente prorrogar automáticamente hasta el 31 de Agosto de 2021
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6187 - 05/08/2021

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