Resolución N° 49 1° Sección: Legislación - Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición21 de Noviembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 250
CORDOBA, (R.A.) MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 48
Córdoba, 21 de noviembre de 2017
VISTO: el expediente 0172-045355/2014 en el que a fs. 31 obra el Documen-
to Único de Ejecución de Erogaciones (DUEE) 663 intervención 1 tipo or-
denado a pagar Ejercicio 2014 del entonces Ministerio de Gestión Pública.
Y CONSIDERANDO:Que el mencionado DUEE fue emitido con el objeto
de atender el pago de los autos “VIDAL, ZULEMA IVA C/ PCIA. DE CBA.
– PLENA JURISDICCIÓN – Expte. 1527954”, tramitado por ante la Cámara
en lo Contencioso Administrativo de Primera Nominación, Secretaría Saco
de Lorenzo, por un total de $ 17.440,96.
Que dicho DUEE registra en el Sistema Único de Administración Financie-
ra un libramiento por $ 9.442,27 en función del embargo ordenado según
consta a fs. 35.
Que, en consecuencia, el saldo actual del DUEE es de PESOS SIETE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y NUEVE CENTA-
VOS ($ 7.998,69)
Que, atento al cumplimiento del embargo por una suma superior al saldo,
según Ocio de fs. 37, el DUEE 663 intervención 1 tipo ordenado a pagar
Ejercicio 2014 del entonces Ministerio de Gestión Pública ya no reeja una
deuda exigible, toda vez que la misma ha sido abonada por otra vía.
Que, por imperio de los artículos 81 y 88 de la Ley 9086, las órdenes de
pago no caducan con el cierre de ejercicio.
Que mantener vigente el DUEE citado, implica una distorsión en las cuen-
tas del Estado Provincial, las que aparecerán tergiversadas con la inclu-
sión, como deuda, de una obligación inexistente.
Que a fs. 43 obra certicación de que el DUEE citado, por su saldo actual
de $ 7.998,69 no se pagó ni se pagará.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas ha dictaminado
que puede esta Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos dictar
una Resolución, disponiendo la baja contable de una orden de pago en
casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento Técnico de la Contaduría Ge-
neral de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 40 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) ORDENAR la baja contable del Documento Único de Ejecución de Ero-
gaciones Nº 663 intervención 1 tipo ordenado a pagar Ejercicio 2014 del
entonces Ministerio de Gestión Pública, por su saldo actual de PESOS
SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y NUE-
VE CENTAVOS ($ 7.998,69).
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, dése intervención al Tribunal de
Cuentas de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia, publíquese
en el Boletín Ocial y Archívese.
FDO.: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO
Resolución N° 49
Córdoba, 21 de noviembre de 2017
VISTO: el expediente 0172-044374/2011 en el que a fs. 35 obra el Docu-
mento Único de Ejecución de Erogaciones (DUEE) 39 intervención 1 tipo
ordenado a pagar Ejercicio 2012 del Ministerio de Administración y Gestión
Pública.
Y CONSIDERANDO:
Que el mencionado DUEE fue emitido con el objeto de atender el pago de
los autos “LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GE-
NERALES Y OTROS C/ PCIA. DE CBA. – PLENA JURISDICCIÓN – Exp-
te. 16/06”, tramitado por ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo
de Primera Nominación, Secretaría Saco de Lorenzo, por un total de $
1.206.027,62.
Que dicho DUEE registra en el Sistema Único de Administración Financie-
ra un libramiento por $ 367.782,28 en función del embargo ordenado según
consta a fs. 38.
Que, en consecuencia, el saldo actual del DUEE es de PESOS OCHO-
CIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO
CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 837.245,34)
Que, atento al cumplimiento del embargo por una suma superior según
consta a fs. 40 y 41, el DUEE 39 intervención 1 tipo ordenado a pagar
Ejercicio 2012 del entonces Ministerio de Administración y Gestión Pública
ya no reeja una deuda exigible, toda vez que la misma ha sido abonada
por otra vía.
Que, por imperio de los artículos 81 y 88 de la Ley 9086, las órdenes de
pago no caducan con el cierre de ejercicio.
Que mantener vigente el DUEE citado, implica una distorsión en las cuen-
tas del Estado Provincial, las que aparecerán tergiversadas con la inclu-
sión, como deuda, de una obligación inexistente.
Que a fs. 43 obra certicación de que el DUEE citado, por su saldo actual
de $ 837.245,34 no se pagó ni se pagará.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de Finanzas ha dictaminado
que puede esta Dirección de Tesorería General y Créditos Públicos dictar
una Resolución, disponiendo la baja contable de una orden de pago en
casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento Técnico de la Contaduría Ge-
neral de la Provincia obrante en copia auténtica a fs. 44 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) ORDENAR la baja contable del Documento Único de Ejecución de Ero-
gaciones Nº 39 intervención 1 tipo ordenado a pagar Ejercicio 2012 del en-
tonces Ministerio de Administración y Gestión Pública, por su saldo actual
de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUA-
RENTA Y CINCO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 837.245,34).
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, dése intervención al Tribunal de
Cuentas de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia, publíquese
en el Boletín Ocial y Archívese.
FDO.: ARMANDO GUILLERMO GARCÍA, TESORERO GRAL. DE LA DIREC. GRAL.
DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICO

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