Resolución N° 48/SSPLSAN/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 48/SSPLSAN/19
Buenos Aires, 29 de abril de 2019
VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley Nº 6017), el Decreto Nº 491/2018, la
Resolución N° 97/MEFGC/2019, la Resolución N° 273/MEFGC/2019, la Disposición Nº
31/DGCG/2019 y, el E.E N° EX-2019-04843607- -GCABA-SSPLSAN; y
CONSIDERANDO.
Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el Decreto Nº 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos
destinados las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por Resolución N° 97/MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado
Decreto;
Que, por Resolución Nº 273/MEFGC/2019 se establece el monto tope diario de gastos
de movilidad correspondiente a medios de transporte tanto públicos (colectivos,
subtes, trenes, taxis) como privados (remises);
Que por Disposición N° 31/DGCG/2019 se aprobó el procedimiento para la solicitud,
asignación y rendición de fondos en concepto de Gastos de Movilidad;
Que, por el Expediente del Visto, cursa la rendición de los gastos efectuados bajo la
normativa mencionada;
Que, de acuerdo al Artículo 9º del Anexo VI- registrado bajo IF-2019-02049166-
MEFGC de la RESOL-2019-97-MEFGC este Nivel es responsable de la oportunidad,
mérito y conveniencia de los gastos realizados con los fondos recibidos bajo el
presente régimen;
Que se ha verificado que todos los gastos realizados lo han sido con el objeto de
garantizar que el personal que presta servicios en esta Nivel pueda desempeñar -en
cumplimiento de órdenes de servicio- tareas fuera de su ámbito habitual, resultando
necesario el uso de medios de transporte tanto públicos como privado;
Que asimismo los montos de los comprobantes no exceden los máximos establecidos
en la Resolución Nº 273/MEFGC/2019;
Por ello, en cumplimiento del artículo 9º del Anexo VI- registrado bajo IF-2019-
02049166-MEFGC de la RESOL-2019-97-MEFGC, sus normas complementarias y
aclaratorias;
EL SUBSECRETARIO DE PLANIFICACION SANITARIA
RESUELVE
Artículo 1° Apruébense los gastos realizados bajo la modalidad de Gastos de
Movilidad correspondientes al 1° Trimestre 2019, los que ascienden a la suma de
Pesos treinta mil ($ 30.000), realizados para el normal desenvolvimiento de las
actividades de este nivel y cuyo detalle obra en la Planilla Resumen Trimestral
registrada en el Sistema GEDO bajo el número IF-2019-13535949-GCABA-SSPLSAN
que, a todos los efectos, forma parte de la presente.
Artículo 2º.- Pase para su intervención a la Dirección General Administrativa Contable
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5611 - 07/05/2019

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