Resolución Nº 48/GCABA/DDPCABA/17

FirmantesAmor
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VISTO:

El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes

N° 3, N° 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, las Disposiciones N° 61/14 y 61/15 de

esta Defensoría y los Memorando N° 38851/16 de la Subdirección de Inventario y

Suministros:

Y CONSIDERANDO QUE:

El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó a la

Defensoría del Pueblo como órgano unipersonal e independiente, con autonomía

funcional y autarquía financiera, dotándola de personería jurídica con legitimación

procesal.

La mencionada Ley N° 3 que reglamenta la conformación del organismo, otorga al

Defensor del Pueblo, en su artículo 13, incisos n) y o), las atribuciones de dictar el

reglamento interno y toda otra acción conducente al mejor ejercicio de sus funciones.

Mediante las Disposiciones N° 61/14 y N° 61/15 se aprobó la reglamentación de la Ley

N° 2095 para ser aplicado en el ámbito de la Defensoría del Pueblo.

En virtud del artículo 17 (Anexo I) de la Disposición N° 61/14, la Dirección Económica y

Financiera en su carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones llevará a cabo los

procedimientos establecidos para efectuar la contratación solicitada.

Mediante Disposición N° 128/15, fue aprobado el Pliego de Condiciones Generales

para las compras y contrataciones que realice la Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, publicado en el BOCBA N° 4708 del 26/08/2015.

En razón de lo expuesto y habiéndose determinado a fs. 3, por parte de la Unidad

Operativa de Adquisiciones la modalidad de contratación, corresponde efectuar el

llamado a Licitación Pública, de acuerdo a lo normado en el artículo 31 de la Ley 2095,

y aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas para el

"Alquiler de Equipos de Fotocopiadoras" para uso de las distintas sedes de la

Defensoría del Pueblo.

La Subsecretaría de Asuntos Legales, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente

ha tomado la intervención que le corresponde en orden a sus competencias.

Por todo ello y en uso de las facultades que le confiere el artículo 13, inc. n) y o) de la

Ley N° 3.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°

Llámase a Licitación Pública para el "Alquiler de Equipos de.

Fotocopiadoras" por un monto estimado de pesos: tres millones con 00/100 centavos

($3.000.000,00).

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