Resolución Nº 48/GCABA/DDPCABA/17
Firmantes | Amor |
Emisor | DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES |
VISTO:
El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
N° 3, N° 2095 y su modificatoria Ley N° 4764, las Disposiciones N° 61/14 y 61/15 de
esta Defensoría y los Memorando N° 38851/16 de la Subdirección de Inventario y
Suministros:
Y CONSIDERANDO QUE:
El artículo 137 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó a la
Defensoría del Pueblo como órgano unipersonal e independiente, con autonomía
funcional y autarquía financiera, dotándola de personería jurídica con legitimación
procesal.
La mencionada Ley N° 3 que reglamenta la conformación del organismo, otorga al
Defensor del Pueblo, en su artículo 13, incisos n) y o), las atribuciones de dictar el
reglamento interno y toda otra acción conducente al mejor ejercicio de sus funciones.
Mediante las Disposiciones N° 61/14 y N° 61/15 se aprobó la reglamentación de la Ley
N° 2095 para ser aplicado en el ámbito de la Defensoría del Pueblo.
En virtud del artículo 17 (Anexo I) de la Disposición N° 61/14, la Dirección Económica y
Financiera en su carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones llevará a cabo los
procedimientos establecidos para efectuar la contratación solicitada.
Mediante Disposición N° 128/15, fue aprobado el Pliego de Condiciones Generales
para las compras y contrataciones que realice la Defensoría del Pueblo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, publicado en el BOCBA N° 4708 del 26/08/2015.
En razón de lo expuesto y habiéndose determinado a fs. 3, por parte de la Unidad
Operativa de Adquisiciones la modalidad de contratación, corresponde efectuar el
llamado a Licitación Pública, de acuerdo a lo normado en el artículo 31 de la Ley 2095,
y aprobar el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas para el
"Alquiler de Equipos de Fotocopiadoras" para uso de las distintas sedes de la
Defensoría del Pueblo.
La Subsecretaría de Asuntos Legales, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente
ha tomado la intervención que le corresponde en orden a sus competencias.
Por todo ello y en uso de las facultades que le confiere el artículo 13, inc. n) y o) de la
Ley N° 3.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Llámase a Licitación Pública para el "Alquiler de Equipos de.
Fotocopiadoras" por un monto estimado de pesos: tres millones con 00/100 centavos
($3.000.000,00).
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