Resolución Nº 478/GCABA/SSJUS/14
Firmantes | Buján |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Justicia |
Fecha de la disposición | 23 de Octubre de 2014 |
VISTO:
El Decreto N° 556/10 y su modificatorio el Decreto N° 752/10; el Expediente N°
2302952/12, el Expediente EX-2014-14497992-MGEYA-DGELEC, y
CONSIDERANDO:
Que, por Expediente N° 2302952/12 tramita el alquiler del inmueble sito en Chacabuco
132 piso 1° UF 1 y piso 5° UF 5, donde funciona la Dirección General Electoral y la
Dirección General de Registro, Justicia y Mediación;
Que, con fecha 1 de diciembre de 2012 se ha suscripto el Contrato de Locación
Administrativa, registrado en la Escribanía General bajo el N° 12383 con fecha
11/12/2012;
Que, dicho Contrato, en su cláusula OCTAVA establece que el locatario deberá tomar
a su cargo el pago de todo servicio, como ser luz, gas, teléfono y expensas ordinarias,
a partir de la entrada en vigencia de dicho contrato y hasta la fecha de entrega del
inmueble;
Que, en el Expediente EX-2014-14497992-MGEYA-DGELEC, obra la liquidación de
expensas de julio, agosto y septiembre de 2014 de la UF N° 1;
Que, el artículo 1° inciso d) del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N°
752/10, faculta a los funcionarios, según un cuadro de competencias, a aprobar gastos
de imprescindibles necesidad los cuales justificadamente no pudieran ser gestionados
a través de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva Caja Chica;
Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 2 del Decreto N°
752/10, la presente es la aprobación de las expensas correspondientes a los meses de
julio, agosto y septiembre de 2014 de la UF N° 1, por un monto total de PESOS
VEINTIUN MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON 60/100 ($21.139,60);
Que se ha efectuado la reserva presupuestaria con cargo al presupuesto en vigencia;
Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en concepto de
expensas ordinarias de los meses de julio, agosto y septiembre de 2014 de la UF N° 1
de esta Ciudad, por un monto de PESOS VEINTIUN MIL CIENTO TREINTA Y
NUEVES CON 60/100 ($21.139,60);
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 752/10,
EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA
RESUELVE:
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