Resolución N° 473/PG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos A ires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 473/PG/18
Buenos Aires, 20 de julio de 2018
VISTO:
La Leyes 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y Nº 1.218 (texto consolidado por
Ley N° 5.666), el Decreto Nº 400/GCABA/2017, las Resoluciones Nº 6/MMGC/2015,
Nº 536/PG/2017, Nº 541/PG/2017 y 171/SSGRH/2018 y el EE Nº
19857592/DGTALPG/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 1.218 (texto consolidado por Ley N° 5.666) fija las obligaciones,
deberes, atribuciones y competencia de esta Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) regula la relación laboral de
los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 400/GCABA/2017 define la estructura orgánica y funcional de esta
Procuración General;
Que, conforme prevé el aludido Decreto, tanto la Dirección Servicios Jurídicos a la
Comunidad como la Dirección Escuela de Formación de Abogacía Pública dependen
en forma directa de la Unidad Procuración General a mi cargo;
Que por Resoluciones Nº 536/PG/2017 y Nº 541/PG/2017 el suscripto, siendo
responsable de la gestión integral del registro de asistencia y cumplimiento del horario
de trabajo en las áreas mencionadas, delega la suscripción de "las licencias ordinarias
y/o de todo tipo contempladas en la normativa vigente (Ley Nº 471 y cc. y Convenio
Colectivo)" en los Directores de dichas Direcciones;
Que la Resolución Nº 6/MMGC/2015 establece el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la aludida Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666);
Que mediante Resolución N° 171/SSGRH/2018 se establece el procedimiento para la
carga y actualización de horarios de nómina de personal y control de cumplimiento de
la jornada laboral;
Que la mentada Resolución conceptualiza como "incidencia" tanto a las licencias
contempladas en la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666) como a cualquier
tipo de acontecimiento que afecte el presentismo de los agentes en su lugar de
trabajo;
Que, en tal sentido, por la referida norma se aprueban diversos formularios vinculados
a dichas "incidencias", conforme los términos antes descriptos;
Que, en tal marco, por EE Nº 19857592/DGTALPG/2018 tramita la delegación en las
Direcciones Servicios Jurídicos a la Comunidad y Escuela de Formación de Abogacía
Pública de la suscripción de los aludidos formularios, en virtud de ser ello necesario a
efectos del cumplimiento acabado de las misiones delegadas a través de las
Resoluciones Nº 536/PG/2017 y Nº 541/PG/2017;
Que, tal como se expusiera al dictar dichas Resoluciones, las delegaciones en
cuestión resultan convenientes para "una mayor eficiencia y celeridad en el trabajo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5426 - 01/08/2018

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