Resolución N° 469/SAGYP/21

EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 469/SAGyP/21
Buenos Aires, 16 de diciembre de 2021
VISTO: El TEA A-01-00019642-4/2020 caratulado “DGCC S/ Trabajos correctivos en
las redes de incendio” y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SAGyP N° 252/2020 se aprobó el procedimiento llevado a
cabo en la Contratación Directa N° 66/2020 que tiene por objeto la realización de
trabajos correctivos en las redes de incendio instaladas en las distintas sedes del
Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó dicha
contratación a la firma Centry S.A. (CUIT N° 30-70979480-5) por la suma de pesos
seis millones setecientos ochenta mil ochocientos treinta y tres con 55/100
($6.780.833,55.-).
Que conforme surge de la contrata suscripta oportunamente, el plazo de ejecución de
la obra era de ciento ochenta días corridos (180), a partir de la emisión de la Orden
Compra N° 1466 (v. Adjunto 4240/20).
Que entonces la adjudicataria presentó las Pólizas de Seguro de Caución Nros.
1492935 por el monto de pesos seiscientos setenta y ocho mil ochenta y tres con
35/100 ($ 678.083,35.-) concepto de ejecución de contrato (v. Adjunto 2968/21) y
1492934 por el monto de pesos tres millones trescientos noventa mil cuatrocientos
dieciséis con 50/100 ($ 3.390.416,50.-) en concepto de anticipo financiero (v. Adjunto
2969/21), emitidas por la Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. (SURA ACG).
Que la Dirección General de Programación y Administración Contable, a través de su
Memo DGPYAC 24/21 informó que la contratación de autos se encuentra cancelada
según consta en la Nota de Control de Pagos (v. Adjunto 102559/21).
Que entonces la Dirección General de Compras y Contrataciones impulsó el trámite de
devolución de las precitadas garantías y manifestó que no se registran reclamos
pendientes (v. Memo 22488/21 y Notas 6466/21 y 6467/21).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y
emitió el Dictamen DGAJ N° 10651/2021.
Que la Ley N° 6.302 al modificar la Ley N° 31 creó la Secretaría de Administración
General y Presupuesto y estableció dentro de sus funciones la de ejecutar, bajo el
control de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, el
presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. inc.
4 del art. 27 de la Ley N° 31 - texto consolidado según Ley N° 6.347) y la de realizar
las contrataciones de bienes y servicios (cfr. inc. 6 del art. 27 de la Ley N° 31 - texto
consolidado según Ley N° 6.347).
Que asentado ello, corresponde destacar que mediante Resolución CM N° 231/2015
se aprobó el “Protocolo de Devolución y/o Destrucción de Garantías” que determina
los pasos a seguir en los casos en que se solicita la devolución de las garantías
presentadas por los contratistas.
Que en vista de las intervenciones de la Dirección de Seguridad, las Direcciones
Generales de Programación y Administración Contable, de Compras y Contrataciones
y de Asuntos Jurídicos sin formular observaciones, y cumplidas las etapas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6281 - 22/12/2021

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