Resolución Nº 462/GCABA/MAYEPGC/16

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2016

VISTO:

Decreto N° 363/15 modificado por Decreto N°141/16, la Resolución N° 2015-271-

SSADM y Expediente Electrónico N°10.016.732-DGRU/15 y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto, tramita el Balance de Economías y Demasías N°

1, correspondiente a la Obra Pública "Programa de recuperación de fachadas e

Iluminación arquitectónica de los edificios sitos en Av. Roque Sáenz Peña", Licitación

Pública N° 498/2014;

Que dicha obra fue adjudicada por Resolución N° 211-SSADM/14 a la firma

BOSQUIMANO S.A., por un monto total de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS

CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 98/100 ($

7.253.487,98.-);

Que la Inspección de Obra, mediante el Informe N° 21016885-DGRU/15, manifiesta

que durante el transcurso de la obra surgió la necesidad de realizar ciertos ajustes en

alguna de las tareas contempladas en el proyecto original, las cuales fueron

necesarias para una mejor culminación de la misma;

Que, en este contexto, a través de la Orden de Servicio N° 32, la Inspección de Obra

solicitó a la empresa contratista la cotización por la realización de las tareas de

provisión e instalación de veintiún (21) equipos proyectores, lo que motivó la Nota de

Pedido N° 21, donde la firma BOSQUIMANO S.A. acompañó el presupuesto por las

tareas solicitadas. Consecuentemente, por Orden de Servicio N° 33, la Inspección de

Obra prestó conformidad con lo cotizado y solicitó la inmediata ejecución de las tareas

requeridas;

Que a la luz de lo expuesto, el monto total de las demasías generadas a raíz de las

nuevas tareas requeridas, asciende a PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL

OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 28/100 ($ 293.868,28.-);

Que, en el ya citado Informe, la Inspección de Obra, respecto de la fachada

correspondiente a la calle Roque Sáenz Peña N° 547, informa que de los veintiún (21)

artefactos lumínicos previstos originalmente, la instalación de los mismos se vieron

imposibilitados por la oposición de los propietarios, tal como surge de la Orden de

Servicio N° 16;

Que, por Orden de Servicio N° 17, la Inspección de Obra requirió a la contratista la

suspensión de las tareas proyectadas en dicha fachada, lo que motivó mediante Orden

de Servicio N° 18 la solicitud de la...

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