Resolución N° 456 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Mayo de 2022
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 98
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 13 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
por el cual se estima procedente modicar el encuadramiento otorgado opor-
tunamente a la citada unidad escolar, debiendo en consecuencia reclasicarla
en el Grupo “C” con una bonicación del cuarenta por ciento (40 %) al personal
docente y del veintiséis por ciento (26 %) al personal no docente.
Por ello, los informes producidos, lo previsto en el art. 9° del Decreto
N° 1001/2014 y su Anexo II, el Dictamen N° 971/2021 del Área Jurídica de
este Ministerio, y lo aconsejado a fs. 162 por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- RECLASIFICAR, a partir de la fecha de la presente resolución,
en el Grupo “C” de localización al Centro Educativo de Nivel Medio
para Adultos (C.E.N.M.A) ASIMRA Anexo de B° Coronel Olmedo -Depar-
tamento Capital-, dependiente de la Dirección General de Educación de
Jóvenes y Adultos, y en consecuencia, OTORGAR por ese concepto la
bonicación del cuarenta por ciento (40 %) al personal docente y del veinti-
séis por ciento (26 %) al personal no docente, conforme con lo previsto en
el art. 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 366; Partidas: Prin-
cipal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Permanente”.
Art. 2º.- DEJAR sin efecto la Resolución Ministerial N° 593/12.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Secretaría General de la Go-
bernación, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
Resolución N° 456
Córdoba, 10 de mayo de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0111-064246/2018, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución Ministerial N° 671/2017 por la que se
dispuso raticar la Resolución N° 0164/19 y su ampliatoria N° 0594/19 de
la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza.
Que con posterioridad la Inspección General dependiente de la citada
Dirección, dicta la Resolución N° 0020/22 mediante la cual rectica el ar-
tículo 1° de su similar N° 0594/19, quedando redactado dicho artículo de
la siguiente manera: donde dice “…de tres (3) años de duración…” ...debe
decir “…de dos (2 y ½) años y medio de duración…” motivo por el cual
resulta procedente en esta instancia raticar la aludida resolución.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con el requerimiento jurídico-formal-pe-
dagógico estatuido por Ley Nº 5326, encontrándose tal determinación técnica,
administrativa e institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, el Dictamen N°
532/2022 del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado a fs. 252 por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0020/2022, de la Dirección
General de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1)
foja útil se adjunta y forma parte de la presente resolución, por la que se
dispone recticar el artículo 1° de su similar N° 0594/19 quedando redacta-
do de la siguiente manera: donde dice “…de tres (3) años de duración” …
debe decir … “de dos (2 y ½ ) años y medio de duración…”
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 466
Córdoba, 11 de mayo de 2022
VISTO: El Expediente digital Nº 0722-157682/2021 del registro del Minis-
terio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
ción de la Escuela de Nivel Primario “JULIO ROBERTO BARRIENTOS”
de Alta Gracia -Departamento Santa María-, dependiente de la Dirección
General de Educación Primaria, la pertinente asignación de la bonicación
respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente

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