Resolución Nº 455/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 15.787.664/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de Productos alimenticios en general; Masas,
bombones, sándwich s/ elaboración; Restaurant-Cantina; Casa de lunch; Café -Bar;
Despacho de bebidas, whiskería, cervecería; Casa de comidas, rotisería; Comercio
Minorista de: Elaboración y venta de pizza, fugazza, fainá, empanadas, postres,
churros, grill; Parrilla; Confitería", para el inmueble sito en la Av. Caseros N°
449/57/61, Planta Baja, Entrepiso y UF N° 1, con una superficie a habilitar de
1163,50m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5c del Distrito APH 1- "San Telmo- Av.
de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449 y
Decreto N° 1181-GCBA/07 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2772 y el
mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del Informe N° 18097204-DGIUR-2017, considera que desde el
punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para
acceder a la localización de los usos solicitados toda vez que los mismos no originan
impacto relevante en el edificio catalogado;
Que en el Cuadro de Usos N° 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano, los usos
solicitados, se encuadran en los expresamente consignados dentro del ítem: Servicios
Terciarios (A) Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes, en: "Alimentación en
general, restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc."; en "Bar, café,
whiskería, cervecería, lácteos", los mismos están permitidos en la Zona 5c del APH1
"San Telmo-Av. De Mayo";
Que toda vez que el esquema de publicidad presentado en: RE -2017-1578764 (N° de
orden 14) de: "Letras Frontales Corpóreas Simples", cumplimenta la normativa en la
materia, no hay inconvenientes en acceder a su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de...
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