Resolución Nº 455/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 15.787.664/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio Minorista de Productos alimenticios en general; Masas,

bombones, sándwich s/ elaboración; Restaurant-Cantina; Casa de lunch; Café -Bar;

Despacho de bebidas, whiskería, cervecería; Casa de comidas, rotisería; Comercio

Minorista de: Elaboración y venta de pizza, fugazza, fainá, empanadas, postres,

churros, grill; Parrilla; Confitería", para el inmueble sito en la Av. Caseros N°

449/57/61, Planta Baja, Entrepiso y UF N° 1, con una superficie a habilitar de

1163,50m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5c del Distrito APH 1- "San Telmo- Av.

de Mayo" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449 y

Decreto N° 1181-GCBA/07 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 2772 y el

mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 18097204-DGIUR-2017, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización de los usos solicitados toda vez que los mismos no originan

impacto relevante en el edificio catalogado;

Que en el Cuadro de Usos N° 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano, los usos

solicitados, se encuadran en los expresamente consignados dentro del ítem: Servicios

Terciarios (A) Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes, en: "Alimentación en

general, restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc."; en "Bar, café,

whiskería, cervecería, lácteos", los mismos están permitidos en la Zona 5c del APH1

"San Telmo-Av. De Mayo";

Que toda vez que el esquema de publicidad presentado en: RE -2017-1578764 (N° de

orden 14) de: "Letras Frontales Corpóreas Simples", cumplimenta la normativa en la

materia, no hay inconvenientes en acceder a su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de...

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