Resolución N° 449 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Enero de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 6
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 7 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
dicatoria de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614 manifestando que puede
servir de base para la contratación de los trabajos propiciados en el marco
de la Compulsa Abreviada prevista en el artículo 8 de la ley citada, con las
observaciones allí formuladas.
Que habiendo tomado intervención el Área de Estudio de Costos de la
Secretaría de Arquitectura, indica que “…los presupuestos obrantes con-
feccionados a valores de Diciembre de 2021 … no presentan variaciones
signicativas en relación al precio que esta área maneja”
Que conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº 180/2008, el Mi-
nisterio de Educación deberá respetar las disposiciones de la Ley de Obras
Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417 y sus
Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en relación
al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los nes
de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo - del
Anexo I del Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 563/2021 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, Decretos
Reglamentarios Nº 4757/77, Nº 4758/77 y Decreto N° 1419/2017 y modi-
catorios, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos (300)
resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecu-
ción de la misma, como también maniesta expresamente que se deberá
dar cumplimiento a la precitada normativa a lo largo de todo el procedi-
miento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017,
asimismo se considera que la repartición de origen deberá acreditar los
extremos legales necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto del artí-
culo 3º de la Ley Nº 8614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por
la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
563/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “EJECUCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CABLEADO ES-
TRUCTURADO E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO WIFI EN ESTABLE-
CIMIENTOS VARIOS – LOCALIDAD: RÍO CUARTO - DEPARTAMENTO:
RÍO CUARTO - PROVINCIA DE CÓRDOBA”, conforme la documentación
técnica compuesta por: Memoria Descriptiva, Planilla General de Cómpu-
to y Presupuesto, Presupuesto de Instalación de Datos, Presupuesto de
Instalación Eléctrica, Plan de Avance, Curva de Inversión, Pliego de Es-
pecicaciones Técnicas, Piezas Grácas y Planimetría, debidamente sus-
criptos por el Subdirector de Infraestructura Tecnológica, como así también
la Dirección de Jurisdicción de Administración acompaña Pliego Particular
de Condiciones con sus Anexos, cuyo Presupuesto Ocial asciende a la
suma de Pesos Nueve Millones Ochocientos Cuarenta y Cinco Mil Ciento
Sesenta y Siete con Veintinueve Centavos ($ 9.845.167,29 ).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 449
Córdoba, 30 de diciembre de 2021
Expediente Nº 0620-001368/2021.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN EN LA ES-
CUELA PAULA ALBARRACÍN E IPEM Nº 156 JOSÉ MANUEL ESTRADA
ANEXO PASO DE VÉLEZ – LOCALIDAD: PASO VIEJO – DEPARTAMEN-
TO: RÍO SEGUNDO – PROVINCIA DE CÓRDOBA – Programa Aurora”.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota del señor Secretario de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación instando el presente trámite a los nes de la
autorización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 180/2008.
Que luce incorporada nota suscripta por la Jefatura de Área Técnica de la
Dirección General de Infraestructura Escolar del citado Ministerio, quien
solicita la ejecución de la presente obra.
Que se ha agregado en autos documentación técnica compuesta por: Me-
moria Descriptiva, Memoria Técnica, Cómputo General de Obra Nueva,
Presupuestos Detallados, Plan de Avance y Curva de Inversión, Factores
de Costo, Análisis de Precios, Pliego de Especicaciones Técnicas Gene-
rales para Infraestructura Escolar, Pliego de Especicaciones Técnicas
Particulares y Planos, todos suscriptos por la citada Jefatura.
Que de la documentación incorporada en autos surge que el Presupuesto
Ocial asciende a la suma de $ 7.523.550,54, calculado al mes de agosto
2021 y que el plazo total de ejecución de obra es de cuatro (4) meses.
Que, mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura, junto a la Di-
rectora General de Proyectos y la Jefatura de Área Gestión Administrativa,
otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo
que el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico,
manifestando que puede servir de base para la contratación de los trabajos
propiciados, con las observaciones allí formuladas.
Que habiendo tomado intervención el Área de Estudio de Costos de la
Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra confeccionado
a valores de agosto 2021, considerando que “…los precios detallados no
presentan variaciones signicativas en relación al precio de reparaciones
por m2 de obras indicadas”.
Que, en cumplimiento del artículo 3º de la Ley Nº 8614, la Dirección de
Jurisdicción de Administración de la Secretaría de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación elabora informe en el que maniesta que de
acuerdo a los antecedentes existentes en la Sección Patrimonial del citado
Ministerio, el inmueble con Nominación Catastral Nº 27-06-02134-0-32-89-
00000, “…está afectado al uso del Ministerio de Educación de la Provincia
de Córdoba”.

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