Resolución N° 446 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor20 de Marzo de 2023
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 54
CORDOBA, (R.A.) LUNES 20 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Resolución N° 446 - Letra:D
Córdoba, 29 de diciembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 0617-165027/2022, por el cual el Ministerio de
Educación propicia realizar adecuaciones al Presupuesto General de la
Administración Pública Provincial, en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que, teniendo por antecedentes el Acta N° IF-2022-62885199-APN-
SGCFE#ME, fechada 22 de junio de 2022, de la 119° Asamblea del Con-
sejo Federal de Educación, el “Convenio para la Ampliación de las Horas
de la Clase entre el Ministerio de Educación de la Nación y el Ministerio
de Educación de la Provincia de Córdoba” del 13 de septiembre de 2022 y
el “Convenio entre la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Córdoba”
del mes de diciembre de 2022, y con ello, de acuerdo con lo informado
y postulado por el señor Ministro de Educación, deviene conveniente y
necesario en este estadio, incrementar el crédito presupuestario del Pro-
grama 352/1 “Fondo Para La Mejora Del Sistema Educativo” por un im-
porte total de pesos cuatrocientos dos millones ciento veintiocho mil ($
402.128.000,00), y en consecuencia incrementar el cálculo de Ingresos
y el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial, en vigencia.
Que, de acuerdo al artículo 15 de la Ley N° 9086, los créditos presu-
puestarios – en cuanto recursos afectados a gastos especícos - podrán
utilizarse en la medida que los recursos previstos sean recaudados y, a su
vez, solo se podrán ejecutar gastos hasta el límite de los ingresos disponi-
bles de los recursos especícos destinados a nanciarlos.
Que la modicación propuesta encuadra en los artículos 31, 37 y 110
in ne de la Ley N° 9.086, texto reglamentado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Subse-
cretaría?de?Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y lo dictamina-
do por el Área Legales?de?la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales
de este Ministerio, al Nº?2022/DAL-00000472 y los términos?de?la?Reso-
lución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º INCREMENTAR el Cálculo de los Ingresos y el total de
Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Pro-
vincial, en vigencia, de conformidad con el detalle analítico expuesto en el
Documento Modicación de Crédito Presupuestario N° 136 (Recticación)
que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dése intervención a la Subsecretaría
de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a la Contaduría Gene-
ral de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000446
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
MINISTERIO DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERÍA
Resolución N° 24
Córdoba, 16 de marzo de 2023
VISTO: El Expediente Nº 0426-016442/2023, mediante el cual se propicia
la aprobación de las Bases y Condiciones para el “Concurso Ideas Em-
prendedoras 2023”.
Y CONSIDERANDO:
Que el señor Secretario de Comercio y el Sr. Subsecretario de Peque-
ña y Mediana Empresa de este Ministerio, propician la aprobación de las
Bases y Condiciones para el concurso de referencia.
Que mediante Decreto Nº 1114 de fecha 26 de septiembre de 2013,
se aprobó el Programa “Concurso Ideas Emprendedoras”, el que se lleva
a cabo anualmente en el ámbito de este Ministerio y cuya nalidad es re-
conocer y premiar emprendimientos cordobeses en marcha, que se des-
taquen en términos de originalidad y potencialidad en su contribución al
desarrollo socio-productivo de la provincia.
Que por Decreto Nº 1158 de fecha 23 de julio de 2018 se modicaron
los artículos 2º y 3º, y se sustituyó el Anexo I del Decreto 1114/2013 esta-
bleciendo en sus Bases y Condiciones que los destinatarios del mismo son
las personas humanas radicadas en el ámbito de la Provincia de Córdoba.
Que obran incorporadas las Bases y Condiciones del Concurso en
cuestión de las que surgen: objetivos del mismo, beneciarios, proyectos
contemplados por el concurso, proyectos no contemplados, modalidad del
concurso, jurado, premios a otorgar, entre otros.

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