Resolución Nº 443/GCABA/APRA/16
Firmantes | Filgueira Risso |
Jefe de Gobierno | Rodriguez Larreta |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 10 de Noviembre de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 123, N° 2.216, el Decreto N° 222/12, las Disposiciones N° DI-2.012-117-
DGTALAPRA, N° 370-DGPyEA/04 y N° DI-2.011-1.031-DGET, el Expediente N° EX-
2.016-10.758.866-MGEyA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° 40.776/04 y mediante Disposición N° 370-DGPyEA/04 se
categorizó como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto, a la actividad: "Industria:
Fabricación de preparados para limpiar (501.540); Fabricación de cosméticos y otros
productos de higiene y tocador (501.550)", con domicilio en la calle Tabaré N°
2.297/99, Planta Baja, con una superficie de 172,16 m2, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 1, Sección: 46, Manzana: 65b, Parcela 27, Distrito de zonificación: E2;
Que con fecha 6 de agosto de 2.004 se otorgó, por el termino de seis (6) años, el
Certificado de Aptitud Ambiental N° 1.284, a nombre de "Aromáticos N.A. S.R.L.";
Que por Disposición N° DI-2.011-1.031-DGET se otorgó la renovación del mencionado
certificado, por el término de seis (6) años, contados a partir del 7 de agosto de 2.010;
Que posteriormente, con fecha 13 de julio de 2.016, se solicita la renovación del
Certificado de Aptitud Ambiental;
Que por la presente actuación continua la tramitación digitalizada del Expediente N°
40.776/04;
Que la categorización oportunamente otorgada resultó conforme el Decreto N°
1.352/02;
Que por Informe N° IF-2016-24412606-DGET, con fecha 31 de octubre de 2.016, la
Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General evalúa la
documentación presentada y manifiesta que corresponde acceder a lo solicitado,
efectuando una revisión de las condiciones establecidas de funcionamiento a la luz de
las modificaciones introducidas en la normativa ambiental;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que la renovación del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba