Resolución Nº 443/GCABA/APRA/16

FirmantesFilgueira Risso
Jefe de GobiernoRodriguez Larreta
EmisorAgencia de protección ambiental
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2016

VISTO:

Las Leyes N° 123, N° 2.216, el Decreto N° 222/12, las Disposiciones N° DI-2.012-117-

DGTALAPRA, N° 370-DGPyEA/04 y N° DI-2.011-1.031-DGET, el Expediente N° EX-

2.016-10.758.866-MGEyA-APRA, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° 40.776/04 y mediante Disposición N° 370-DGPyEA/04 se

categorizó como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto, a la actividad: "Industria:

Fabricación de preparados para limpiar (501.540); Fabricación de cosméticos y otros

productos de higiene y tocador (501.550)", con domicilio en la calle Tabaré N°

2.297/99, Planta Baja, con una superficie de 172,16 m2, Nomenclatura Catastral:

Circunscripción: 1, Sección: 46, Manzana: 65b, Parcela 27, Distrito de zonificación: E2;

Que con fecha 6 de agosto de 2.004 se otorgó, por el termino de seis (6) años, el

Certificado de Aptitud Ambiental N° 1.284, a nombre de "Aromáticos N.A. S.R.L.";

Que por Disposición N° DI-2.011-1.031-DGET se otorgó la renovación del mencionado

certificado, por el término de seis (6) años, contados a partir del 7 de agosto de 2.010;

Que posteriormente, con fecha 13 de julio de 2.016, se solicita la renovación del

Certificado de Aptitud Ambiental;

Que por la presente actuación continua la tramitación digitalizada del Expediente N°

40.776/04;

Que la categorización oportunamente otorgada resultó conforme el Decreto N°

1.352/02;

Que por Informe N° IF-2016-24412606-DGET, con fecha 31 de octubre de 2.016, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General evalúa la

documentación presentada y manifiesta que corresponde acceder a lo solicitado,

efectuando una revisión de las condiciones establecidas de funcionamiento a la luz de

las modificaciones introducidas en la normativa ambiental;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que la renovación del...

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