Resolución N° 442-MEGC/18

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de B uenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 442/MEGC/18
Buenos Aires, 22 de enero de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), su entonces Decreto
Reglamentario Nº 95/GCABA/14, la Resolución Conjunta Nº 5-MHGCMMGCMJGGC-
SECLyT-2014, el Expediente Electrónico Nº 14213109- MGEYA-DGAR-2017, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la prórroga de la locación administrativa del
inmueble sito en la calle Triunvirato 4247 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con destino a la Escuela Primaria Nº 16 del Distrito Escolar 15º;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Nº 2095 (Texto
consolidado por Ley Nº 5666) reglamentada oportunamente por el Decreto Nº
95/GCABA/14; Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un
inmueble por parte del sector público de la misma;
Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la ejecución de los contratos
que contempla, la regla general es “la licitación pública o concurso público“, agregando
en el artículo 26 que los procedimientos de selección del contratista para tales
operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación Directa y c) Remate o
Subasta Pública;
Que pertinentemente, el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 1878/MEGC/15 y venció el día 30 de junio de 2017;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia del mismo;
Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
inciso 12, apartado m) del anexo I del entonces vigente Decreto Nº 95/GCABA/2014
que establece: "Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso de la
prórroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de una
cláusula adicional...";
Que en atención a las previsiones del Artículo 3° del Decreto N° 326/GCABA/2017,
que fuera publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°
5.202 el 31/08/2017, en cuanto establece que los procesos iniciados con anterioridad a
su dictado, se rigen por la reglamentación vigente en aquel momento, resulta de
aplicación a la presente contratación directa el Decreto N° 95/GCABA/2014;
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/2014,
respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección General de
Administración de Bienes y Concesiones, comunica que realizó una exhaustiva
búsqueda, y que no existen bienes inmuebles disponibles que reúnan las
características solicitadas;
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio a realizar tratativas con los propietarios del inmueble que dieron como
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5309 - 05/02/2018

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