Resolución N° 441 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 218 CÓRDOBA, 12 de Noviembre de 20152
VIENE DE TAPA
CECILIA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 441 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-120154/2015, mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACION
FUNGICOSMOS”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION FUNGICOSMOS”, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 442 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0650-001226/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO
LUXARDO ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Localidad
de Estación Luxardo, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LUXARDO
ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Localidad de Estación
Luxardo, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 443 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-119612/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL CLUB
ATLETICO JUVENTUD UNIDA DEL SUR”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL CLUB ATLETICO
JUVENTUD UNIDA DEL SUR”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 444 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-121051/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “EDUCANDO PARA EL CONSUMO
(EDU-CO) ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148, inc.
b)-, 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “EDUCANDO PARA EL CONSUMO (EDU-CO)
ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 445 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-122110/2015, mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACION RENACER DEL
ALBA”, con asiento en la Localidad de Villa Santa Cruz del Lago,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
d), 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION RENACER DEL ALBA”, con asiento
en la Localidad de Villa Santa Cruz del Lago, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar
como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 446 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-121666/2015 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL 25 DE
FEBRERO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc.
b), 169, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la
Nación; y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10
y correlativos de la Ley 8652,

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