Resolución N° 440/MEIGC/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición18 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 440/MEIGC/18
Buenos Aires, 11 de junio de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley de Educación Nacional N°
26.206, la Ley 898, la Resolución 165-CFE/11, la Resolución N° 78/SSCPEE/17 y sus
modificatorias, el Expediente Electrónico N° 16515173/MGEYA-DGEDS/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad de Buenos reconoce y garantiza un sistema
educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a
un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que así también asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,
permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley Nacional de Educación instituye la obligatoriedad escolar en todo el país
desde la edad de Cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la Educación
Secundaria;
Que la Ley 898 extiende en el ámbito del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del nivel medio, en
todas sus modalidades y orientaciones;
Que por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 165/11 se establece que
se deberán alcanzar los ciento noventa (190) días de escolaridad;
Que en virtud de la Resolución N° 4776/MEGC/2006 se denomina "Agenda Educativa"
al instrumento pedagógico elaborado anualmente por este Ministerio de Educación e
Innovación, que contiene el cronograma indispensable para el funcionamiento del
Sistema Educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires";
Que por Resolución N° 78/SSCPEE/17 y sus modificatorias, se aprobó la Agenda
Educativa para el ciclo lectivo 2018;
Que en dicha Agenda se han definido las diferentes actividades a realizarse en los
distintos Niveles Educativos de esta jurisdicción, tanto para los correspondientes a la
Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, como para los de
Educación Superior, en ciclo lectivo 2018;
Que es política de esta jurisdicción abogar por la igualdad de oportunidades de todos
los alumnos/as garantizándoles la posibilidad de acceder a días efectivos de clases;
Que la obligatoriedad de la Educación secundaria implica el compromiso de toda la
comunidad educativa en el desarrollo de los procesos de enseñanza - aprendizaje y en
el acompañamiento a las trayectorias escolares;
Que en dicho sentido resulta imprescindible la recuperación de los días en los cuales
se vio afectado el desarrollo de las clases, atendiendo a la necesidad de cumplir con la
totalidad de los contenidos y habilidades establecidas en el Diseño Curricular vigente;
Que en ese orden de ideas, es menester que los Equipos de Conducción de los
establecimientos en situación de toma diseñen junto al Consejo Consultivo un Plan de
recuperación de contenidos el que tendrá que ser avalado por la Supervisión y la
Dirección de Área correspondiente, garantizando el aprendizaje de la totalidad de los
contenidos y habilidades establecidas en el Diseño Curricular vigente;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5396 - 18/06/2018

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