Resolución Nº 440/GCABA/MJYSGC/17
Firmantes | Ocampo |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
VISTO:
La Ley N° 5.688, el Decreto N° 221/AJG/2017 y el Expediente N°
14576742/SSPDD/2017, y;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
34 que "La seguridad pública es un deber propio e irrenunciable del Estado y es
ofrecido con equidad a todos los habitantes...el Gobierno de la Ciudad coadyuva a la
seguridad ciudadana desarrollando estrategias y políticas multidisciplinarias de
prevención del delito y la violencia, diseñando y facilitando los canales de participación
comunitaria.";
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias del Sistema Integral de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la Ley N° 5.688 define a la seguridad pública como "la situación
de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la
vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de
las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establecen la
Constitución Nacional y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que el artículo 5° de la Ley N° 5.688 establece que el Ministerio de Justicia y
Seguridad es el organismo encargado de elaborar los lineamientos generales en
materia de seguridad, tendientes a llevar a cabo el diseño de las acciones preventivas
necesarias y las tareas de control y el el artículo 9° enumera a la prevención como uno
de los principios rectores del Sistema Integral de Seguridad Pública;
Que la concepción democrática de la seguridad urbana debe fundarse en la estrategia
de prevención como uno de sus pilares fundamentales, entendiendo que frente a
determinadas situaciones potencialmente conflictivas no es necesaria la intervención
policial, sino que es conveniente articular la prevención comunitaria a través de la
actuación de agentes públicos no policiales;
Que está comprobado que la presencia de agentes públicos claramente identificables
en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba