Resolución Nº 44/GCABA/MAYEPGC/15
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 14 de Enero de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 1711187/11, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la solicitud de renovación de
concesión del terreno para la bóveda formado por los lotes 27 y 28, tablón 10,
manzana 7, sección 5, del Cementerio de la Chacarita, cuyo vencimiento operó el día
31 de agosto del 2011, efectuada por el señor José Luis Zárate;
Que, la Dirección General Cementerios informó sobre la titularidad correspondiente y
estimó pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia
que la liquidación de los derechos de la concesión que se trata, se efectuará con
posterioridad al dictado del presente acto;
Que, la Procuración General de la Ciudad ha emitido opinión mediante Informe N°
1097045-DGAINST/13, indicando que según el texto ordenado del Código Fiscal
vigente al vencimiento de la concesión, "La Ley Tarifaria fija anualmente los precios
para las renovaciones y demás casos que a continuación se enumeran: 1. Renovación
por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para
bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios. El
titular tiene opción a nuevos plazos de igual extensión, sucesivos e ininterrumpidos...";
Que, corresponde la aplicación del artículo 72 de la Ley N° 4977, atento que resultó
justificado por el peticionante el interés legítimo, directo y actual sobre el mentado
sepulcro, en carácter de vinculado por parentesco a la difunta titular;
Que, cabe destacar, que para acceder a la renovación de una concesión, el solicitante
deberá abonar el canon establecido, como así también el valor proporcional de la
construcción de la bóveda que corresponda;
Que, el artículo 65 de dicha norma, otorgó al Ministro de Ambiente y Espacio Público
la facultad de solución para renovación de las concesiones de terrenos para bóvedas y
panteones en los distintos cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, como así
también las caducidades de las mismas;
Que, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 4013, las facultades mencionadas en el
considerando precedente fueron asumidas por el Ministerio de Ambiente y Espacio
Público;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 4013, N° 4977 y el
Decreto...
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