Resolución Nº 44/GCABA/MAYEPGC/15

FirmantesCenzón
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición14 de Enero de 2015

VISTO:

El Expediente N° 1711187/11, y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la solicitud de renovación de

concesión del terreno para la bóveda formado por los lotes 27 y 28, tablón 10,

manzana 7, sección 5, del Cementerio de la Chacarita, cuyo vencimiento operó el día

31 de agosto del 2011, efectuada por el señor José Luis Zárate;

Que, la Dirección General Cementerios informó sobre la titularidad correspondiente y

estimó pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia

que la liquidación de los derechos de la concesión que se trata, se efectuará con

posterioridad al dictado del presente acto;

Que, la Procuración General de la Ciudad ha emitido opinión mediante Informe N°

1097045-DGAINST/13, indicando que según el texto ordenado del Código Fiscal

vigente al vencimiento de la concesión, "La Ley Tarifaria fija anualmente los precios

para las renovaciones y demás casos que a continuación se enumeran: 1. Renovación

por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para

bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios. El

titular tiene opción a nuevos plazos de igual extensión, sucesivos e ininterrumpidos...";

Que, corresponde la aplicación del artículo 72 de la Ley N° 4977, atento que resultó

justificado por el peticionante el interés legítimo, directo y actual sobre el mentado

sepulcro, en carácter de vinculado por parentesco a la difunta titular;

Que, cabe destacar, que para acceder a la renovación de una concesión, el solicitante

deberá abonar el canon establecido, como así también el valor proporcional de la

construcción de la bóveda que corresponda;

Que, el artículo 65 de dicha norma, otorgó al Ministro de Ambiente y Espacio Público

la facultad de solución para renovación de las concesiones de terrenos para bóvedas y

panteones en los distintos cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, como así

también las caducidades de las mismas;

Que, en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 4013, las facultades mencionadas en el

considerando precedente fueron asumidas por el Ministerio de Ambiente y Espacio

Público;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 4013, N° 4977 y el

Decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR