Resolución N° 44/AGIP/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Febrero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 44/AGIP/20
Buenos Aires, 10 de febrero de 2020
VISTO: Las Leyes N° 471, N° 1.218 y N° 2.603 (textos consolidados por Ley N°
6.017), el Decreto N° 745/08, las Resoluciones Nros. 391-AGIP/18 y 313-AGIP/17, el
Expediente Nº 4367653-MGEYA/14 y Expediente Electrónico Nº 03995484-GCABA-
AGIP/17, y
CONSIDERANDO:
Que esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ordenó por Resolución
Nº 313-AGIP/17 instruir el presente sumario administrativo tendiente a investigar los
hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder
respecto a las irregularidades detectadas por el Departamento Automotores de la
Dirección Administración del Padrón de Contribuyentes de la Dirección General de
Rentas donde la titular del dominio GRF 898 denunció un error en la constancia de
trámite de baja de fecha 08/04/2014 puesto que se realizó por cambio de radicación
cuando correspondía la baja por robo del vehículo;
Que el Jefe del Departamento Automotores informó que a fin de realizar la
correspondiente rectificación se solicitó a la contribuyente que acercase a ese
Departamento la constancia errónea, la cual fue tramitada ante el Centro de Gestión y
Participación Ciudadana N° 2, usuario GIT: U140DBN a nombre de González Lorena
F.C. N° 441.307 y observó que la misma se encontraba firmada y sellada por el agente
Raúl Alejandro Pereyra F.C. N° 353.890, quien revestía tareas en el área pero se
desempeñaba físicamente en la sede ubicada en la calle Viamonte 900 CABA;
Que abierta la etapa de instrucción del Sumario Nº 1206/17 se citó a prestar
declaración informativa al agente Raúl Alejandro Pereyra quien declaró que el
formulario no es a simple vista el utilizado para la baja de automotores en la fecha de
su emisión, el correcto es el que le fue también exhibido y que obra en autos; el sello
no le pertenecía, que el mismo no guardaba las mismas dimensiones que su propio
sello, que no existe firma visible en el documento que se le pueda atribuir, y que la
constancia no fue emitida con su usuario del sistema GIT;
Que asimismo se le tomo declaración informativa a la agente González Lorena quien
manifestó que el trámite en cuestión no fue realizado por ella, aclaró que su clave no
fue otorgada a nadie y que ignoraba en que forma tuvieron acceso a la misma;
Que la instrucción resolvió remitir copias digitales de las constancias obrantes a la
Dirección General de Asuntos Penales de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires a efectos que indicase si correspondía incoar denuncia penal;
Que por ME N° 28868863-DGAPEN-2018 la Dirección General de Asuntos Penales
informó a la Dirección General de Sumarios que el 19 de octubre de 2018 se presentó
la denuncia penal con intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional
N° 8, causa N° 62.348/2018;
Que a requerimiento de la instrucción la Dirección General de Asuntos Penales
informó que en la causa N° 62.348/2018 caratulada "Bartolomé Marcelo s/ falsificación
de documento y uso de documento" con fecha 26 de noviembre de 2018 se ordenó el
sobreseimiento de Marcelo Bartolomé y firme el resolutorio el 11 de diciembre de 2018
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5801 - 13/02/2020

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR