Resolución N° 44-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 44/AGC/18
Buenos Aires, 17 de enero de 2018
VISTO:
el Expediente Electrónico N° 7263805-MGEYA-AGC-2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el visto tramitó la solicitud de
habilitación efectuada por la firma Ideas Lacroze S.R.L, respecto del local sito en la
calle Cnel. Niceto Vega N° 5534/36, Planta baja y Planta alta de esta Ciudad, para
desarrollar los rubros: restaurante, cantina (602000); casa de lunch (602010); café bar
(602020) y despacho de bebidas, Whiskería, cervecería (602030);
Que mediante la Disposición N° 3734-DGHP/16 de fecha 30 de marzo de 2016, la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud por no
reunirse los requisitos exigidos en la normativa vigente aplicable a la materia,
notificando de ello al administrado el 01 de Abril de 2016;
Que mediante el Registro N° RE-2016-10101984- -AGC de fecha 6 de abril de 2016 el
Sr. Rubén Alberto Priotti, en su carácter de apoderado de la firma titular del trámite
interpuso Recurso de Reconsideración contra la mencionada Disposición, planteando
su nulidad;
Que a través de la Disposición N° 8221-DGHP/16 de fecha 20 de Julio de 2016, la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos rechazó el recurso interpuesto, "por no
ajustarse a la normativa aplicable e incurrir sistemáticamente en faltas graves que
ponen en riesgo la integridad de los concurrentes", siendo notificado dicho acto
administrativo el 28 de Julio de 2016;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el artículo 111 y subsiguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510-GCBA/97;
Que las manifestaciones vertidas por el recurrente en su presentación impugnatoria,
no resultan idóneas para modificar el temperamento adoptado por la Administración,
ya que se trata de meras argumentaciones sin sustento documental alguno que avalen
sus dichos;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2017- 08800357-PGAAIYEP opinando que "deberá desestimarse el recurso jerárquico
que opera en subsidio del de reconsideración (...)";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5300 - 23/01/2018

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