Resolución N° 436 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Agosto de 2022
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 176
CORDOBA, (R.A.) LUNES 29 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta de Recepción Denitiva Total, con-
feccionada con fecha 07 de julio de 2022 y la Nota de Concepto Recepción
Denitiva, correspondiente a la Obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS RU-
RALES – S153 – TRAMO PASCANAS – KM 10,7 SUR – DEPARTAMENTO
UNIÓN”, que, como Anexo I y II compuestos de una (1) foja útil cada uno,
forman parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración
a la devolución de las sumas retenidas oportunamente a la contratista en
concepto de garantía de fondo de reparo por el monto de Pesos Tres Mi-
llones Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Seiscientos Ochenta y Cuatro con
Setenta y Un Centavos ($ 3.248.684,71), en los términos del Art. 57 de la
Ley N° 8614.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dese intervención a la Dirección General de Admi-
nistración de este Ministerio, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamen-
tación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 436
Córdoba, 19 de agosto de 2022
VISTO: El Expediente digital N° 0623-122293/2022, presentado por el Ins-
tituto Superior de Estudios Pedagógicos, en el que solicita la implementa-
ción de la “Actualización Académica en Pedagogía y Cultura”, a dictarse en
los años 2022 y 2023;
Y CONSIDERANDO:
Que la mencionada Actualización Académica constituyó una pro-
puesta originada en el Instituto Superior de Estudios Pedagógicos en el
año 2019, cuyos destinatarios y certificación se explicitan en el Anexo
I, respondiendo a las prioridades pedagógicas de las políticas educati-
vas de la provincia de Córdoba.
Por ello, el Dictamen N° 1561/2022 del Área Jurídica, lo aconsejado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio y en
uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1043/2017;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º- AUTORIZAR la implementación de la “Actualización
Académica en Pedagogía y Cultura”, que fuera aprobada por Resolu-
ción N° 633/2019 de esta Secretaría de Educación, a dictarse en el Instituto
Superior de Estudios Pedagógicos y en Institutos de Formación Docente
Asociados mencionados en el Anexo I, que con dos (2) fojas forma parte
del presente instrumento legal, con acreditación de doscientas veinte (220)
horas reloj y, en consecuencia, convalidar las acciones efectuadas en el
año 2022 y a implementarse en el año 2023.
Art. 2°-PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
ANEXO
SECRETARÍA DE AMBIENTE
Resolución N° 241
Córdoba, 26 de Agosto de 2022
VISTO, la Ley N° 9306 de regulación de los sistemas intensivos y concentra-
dos de producción animal; las Resoluciones N° 333/2010 y 476/2014 opor-
tunamente dictadas en el ámbito de esta Secretaría de Ambiente; la Ley N°
10.208 de Política Ambiental de la Provincia de Córdoba, y la Ley N°10.618
de Simplicación y Modernización de la Administración Pública provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que todo lo regulado por la Ley N° 9306 en su Art. 16 en relación a
Evaluación de Impacto Ambiental a presentar para obtener la pertinente
Licencia Ambiental de los establecimientos con sistemas intensivos y con-
centrados de producción animal ha quedado derogado de pleno derecho
en virtud de la sanción de la Ley Nº 10.208.
Que, por su parte, todos los trámites correspondientes a presentación de
Avisos de Proyecto y/o Estudio de Impacto ambiental y/o Auditorías de Cumpli-
miento para la obtención de la pertinente Licencia Ambiental o Regularización
Ambiental en su caso en los términos de la Ley 10.208 se realizan de manera
íntegramente digital exigiéndose los requisitos que establece la autoridad de
aplicación para cada uno de ellos en la respectiva plataforma.
Que en consonancia a lo previsto por la Ley N° 10.618 esta Secretaría
ha implementado una serie de modicaciones a los nes de adecuar los
trámites a realizar por ante la misma a los principios de celeridad, econo-
mía, sencillez, modernización y ecacia lo que hace pertinente hacer lo
propio en relación a las exigencias relativas al Registro Provincial de esta-
blecimientos SICPA y al Registro de Profesionales Técnicos de los mismos
reguladas por las Resoluciones Nº 333/2010 y 476/2014.
Por todo ello, y en ejercicio de las atribuciones que le conere el De-

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