Resolucion n° 435

EmisorSubs. Trabajo y Seguridad Social
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2008

RESOLUCION N° 435

Mendoza, 20 de febrero de 2008

Visto: Las facultades conferidas por la Ley N° 3909 y las funciones atribuidas por Ley N° 4974 y atento que las autoridades de la Subsecretaría de Trabajo se encuentran abocadas a la tarea de reorganización de la estructura y funcionamiento de sus áreas, y con el objeto de maximizar su operatividad en vistas del logro de su eficacia funcional y

CONSIDERANDO:

Que la atención por parte del Sr. Subsecretario de Trabajo de un gran volumen de procedimientos y decisiones que en forma diaria requiere su atención y que los mismos deben ser operados con celeridad, y, teniendo presente que dichas acciones se enmarca en la compleja problemática laboral;

Que la misma ha generado una actividad inusualmente intensa dentro del Organismo, especialmente en lo referido al régimen de negociación colectiva en el ámbito estatal, la Comisión de Prevención del Trabajo Infantil (COPRETI), la oficina especial para la determinación de insalubridades, la lucha contra el trabajo no registrado, la actividad de la Junta Médica Laboral, la resolución de causas originadas por conflictos de servicio doméstico y en general el régimen de conciliaciones, que requieren el dictado de resoluciones permanentes en el marco de la Ley 4974.

Que en virtud de ello, es intención del Sr. Subsecretario delegar el ejercicio de algunas funciones en los Sres. Directores habiéndose valorado a tal fin, las

circunstancias de hecho y el derecho aplicable;

Que la delegación administrativa encuentra marco legal en los artículos 7°; 8°; 9°; 10°; 11°; y 92° de la Ley 3909 de Procedimiento Administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL SUBSECRETARIO

DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PROVINCIA

DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Delegar en el Señor Director de Control y Relaciones Laborales, a partir del día 20 de Febrero de 2008 el ejercicio de la función en el dictado de Resoluciones conforme el siguiente detalle:

  1. Rubricación de libros de remuneraciones.

  2. Aprobación de Planillas de Control horario y asistencia

Artículo 2°

El Señor Director de Asuntos Jurídicos y Técnicos, a partir del 20 de febrero de 2008 el ejercicio de la funcion.

en el dictado y suscripción de resoluciones conforme al siguiente detalle:

  1. Habilitación de matrículas de calderistas y técnico en Higiene y Seguridad

  2. Habilitación, registro y rúbrica de libros de seguridad e Higiene en el...

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