Resolución Nº 434/GCABA/MJGGC/16

FirmantesMiguel
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2016

VISTO:

El Decreto N° 10/16, los Expedientes N° 8.729.445-MGEYA-SECCCYFP/16, y N°

21.919.809-MGEYA-DGTALMJG/16,

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación, tramita una modificación presupuestaria entre partidas de

los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3- Servicios no Personales, del presupuesto

asignado a las Unidades Ejecutoras 2156- Dirección General Mantenimiento del

Espacio Público Comunal, 2175- Secretaría de Integración Social y Urbana, 2207-

Dirección General de Descentralización Comunal, 2208- Dirección General de

Servicios Desconcentrados, 8286- Unidades de Atención Ciudadana, 9106- Comuna

6, 9112- Comuna 12, 9114- Comuna 14, 9115- Comuna 15, 9603- Secretaría de

Descentralización, 9605- Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía,

y 9980- Secretaría de Cultura Ciudadana y Función Pública;

Que, dicha modificación, responde a necesidades presupuestarias de las Unidades

Ejecutoras 2156- Dirección General Mantenimiento del Espacio Público Comunal,

2207- Dirección General de Descentralización Comunal, 2208- Dirección General de

Servicios Desconcentrados, 9112- Comuna 12, 9603- Secretaría de Descentralización,

9605- Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, y 9980- Secretaría

de Cultura Ciudadana y Función Pública, para las cuales el Inciso 3- Servicios no

Personales, de los Programas 7- Actividades Comunes a los Programas 69, 70, 73, 74

y 75, 8- Actividades Comunes a los Programas 61 y 68, 12- Gestión de la Comuna 12,

37- Construcción Ciudadana y Cambio Cultural, 56- Coordinación Participación

Ciudadana, 64- Intervenciones en el Espacio Público Comunal, y 74-

Descentralización y Distribución de Competencias Concurrentes, no cuentan con

crédito suficiente;

Que, a tal fin, se propone incrementar las partidas citadas anteriormente por

compensación con el crédito asignado a los Incisos 2- Bienes de Consumo, y 3-

Servicios no Personales, de los Programas 2- Actividades Comunes a los Programas

21 y 22, 6- Gestión de la Comuna 6, 14- Gestión de la Comuna 14, 15- Gestión de la

Comuna 15, 37- Construcción Ciudadana y Cambio Cultural, y 70- Desconcentración

de Servicios y Atención al Ciudadano, dado que cuentan con saldo suficiente para ello;

Que, en función de lo expuesto, se considera conveniente la adopción de acciones

tendientes a dar curso a lo solicitado;

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