Resolución N° 432/MEFGC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición 6 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 432/MEFGC/19
Buenos Aires, 25 de febrero de 2019
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto
reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el Expediente
Electrónico N° 20310155 /MGEYA-DGAYDRH/18, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, la Subsecretaria de Atención Primaria,
Ambulatoria y Comunitaria, dependiente del Ministerio de Salud, mediante Resolución
N° 130/SSAPAC/2018, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la
provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Bolzan Yago Hernán, DNI
Nº 34.905.319, CUIL Nº 20-34905319-6, como Enfermero AASAS-7-1, en la Partida
4001.1000, para desempeñarse en los Centros de Salud y Atención Comunitaria en el
Programa de Atención Primaria de la Salud, con ATGC de ingreso ASS-INI-3/P, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y el artículo 25 del Acta
de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/2014 y
sus modificatorias;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N°
471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas
situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la
misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución Nº 5/MSGCyMMGC/2013 y los
términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Resolución N°
130/SSAPAC/2018.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas, y la
Subsecretaria de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, del Ministerio de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5571 - 06/03/2019

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