Resolución Nº 204/2013

Fecha de disposición27 Febrero 2013
Fecha de publicación12 Abril 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 27/2/2013

VISTO el Expediente N° 1.170.086/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1935 del 30 de noviembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 680 del Expediente N° 1.170.086/06, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO UNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES, por la parte sindical, con la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, el SINDICATO DE CAPATACES ESTIBADORES PORTUARIOS, el SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS FOTOGRAFICOS, el SINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE VENDEDORES AMBULANTES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO, el SINDICATO ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE, el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS (SOESGYPE), el SINDICATO UNICO DE SERENOS DE BUQUES, el SINDICATO UNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la UNION PERSONAL DE PANADERIAS Y AFINES y en calidad de adherentes la UNION OBREROS EMPLEADOS TINTOREROS, SOMBREREROS Y LAVADEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el COUNTRY CLUB EL SOLITARIO SOCIEDAD ANONIMA, el SINDICATO OBREROS DE MAESTRANZA, la ASOCIACION VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS (AV.V.A.), el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LAS HERAS, la SOCIEDAD DE FOMENTO DRYSDALE, la empresa SEGURIDAD, INSTRUCCION Y CONTROL DE MEDIOS ACUATICOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, el CLUB DEPORTIVO SAN ANDRES, el CLUB MIDLEY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, todos por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 179/91, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR