Resolución Nº 204/2013
Fecha de disposición | 27 Febrero 2013 |
Fecha de publicación | 12 Abril 2013 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 27/2/2013
VISTO el Expediente N° 1.170.086/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1935 del 30 de noviembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 680 del Expediente N° 1.170.086/06, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO UNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES, por la parte sindical, con la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE, la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, el SINDICATO DE CAPATACES ESTIBADORES PORTUARIOS, el SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS FOTOGRAFICOS, el SINDICATO DE GUINCHEROS Y MAQUINISTAS DE GRUAS MOVILES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE VENDEDORES AMBULANTES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DEL PERSONAL DE DRAGADO Y BALIZAMIENTO, el SINDICATO ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el SINDICATO FEDERACION GRAFICA BONAERENSE, el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS (SOESGYPE), el SINDICATO UNICO DE SERENOS DE BUQUES, el SINDICATO UNICO DEL PERSONAL ADUANERO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la UNION EMPLEADOS DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la UNION PERSONAL DE PANADERIAS Y AFINES y en calidad de adherentes la UNION OBREROS EMPLEADOS TINTOREROS, SOMBREREROS Y LAVADEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el COUNTRY CLUB EL SOLITARIO SOCIEDAD ANONIMA, el SINDICATO OBREROS DE MAESTRANZA, la ASOCIACION VIAJANTES VENDEDORES DE LA ARGENTINA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y SERVICIOS (AV.V.A.), el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LAS HERAS, la SOCIEDAD DE FOMENTO DRYSDALE, la empresa SEGURIDAD, INSTRUCCION Y CONTROL DE MEDIOS ACUATICOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, el CLUB DEPORTIVO SAN ANDRES, el CLUB MIDLEY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, todos por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 179/91, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte...
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