Resolución N° 43/UPEJOL/19

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición15 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 43/UPEJOL/19
Buenos Aires, 10 de abril de 2019
VISTO: Las Leyes de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, DNU N° 1.510-GCABA/97 y de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires Nº 2.095 (Textos consolidados por Ley N° 6.017), el
Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, la
Resolución N° 14-UPEJOL/2018, el Expediente Electrónico Nº 15230998-MGEYA-
UPEJOL/2018, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto tramitó la Licitación Pública Nº 9982-0810-
LPU18, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y
concordantes de la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095 (Texto consolidado por
Ley N° 6.017) y el Decreto Reglamentario 326-GCABA/17 modificado por Decreto 287-
GCABA/18, gestionada bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), para la
contratación del "Servicio Integral de Instalación, mantenimiento y desinstalación de
una carpa destinada a cubrir la Superficie de Baloncesto 3x3 con destino a la Unidad
de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018",
organismo fuera de nivel de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Disposición N° 207-UCCUPEJOL/2018 se aprobó la referida licitación y se
adjudicó el objeto de la misma a la firma CORTIZO CARLOS PATRICIO Y CASUZA
GONZALO FABIAN S.S. (CUIT 30-71550695-1) por un monto total de PESOS
CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000.-), por resultar oferta
conveniente y cumplir su propuesta con los requerimientos administrativos, técnicos y
económicos prescriptos en los Pliegos que rigen la presente contratación, de acuerdo
a lo estipulado por el Artículo 110 - Criterio de Selección de Ofertas - de la Ley 2.095
(Texto consolidado por Ley 6.017), generándose la Orden de Compra N° 9982-9266-
OC18;
Que, con fecha 09 de agosto de 2018, la adjudicataria presentó ante la entonces
Unidad de Compras y Contrataciones, una nota en la cual manifestó que, en virtud de
razones que exceden a su accionar y administración, los plazos de producción y los
tiempos de importación por vía marítima previstos en la oferta y, asimismo, en función
de no haber recibido, hasta ese momento, el anticipo financiero, no se encontraba en
condiciones de cumplir con el plazo de entrega previsto en los Pliegos licitatorios;
Que, asimismo, indicó que, a fin de cumplir con lo exigido en el contrato conforme al
plan de trabajo, le resultaba necesario importar la carpa en avión; adjuntando un
presupuesto con el costo del transporte aéreo el cual representaba una notable
diferencia con los costos de traslado marítimos ofertados oportunamente;
Que, en ese orden de ideas, de acuerdo con la situación planteada por el proveedor
adjudicatario, frente a la necesidad de contar con la carpa instalada en forma
inminente, el Área Funcional Técnica, informó mediante nota presentada ante el
respectivo órgano licitante, la necesidad de ampliar la orden de compra mencionada, a
fin de asegurar que la misma llegue por transporte aéreo, frente a las exigencias
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5598 - 15/04/2019

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