Resolución Nº 52/GCABA/APRA/13
Firmantes | Corcuera Quiroga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 20 de Marzo de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
RESOLUCIÓN N.° 52/APRA/13
Buenos Aires, 20 de marzo de 2013
VISTO:
La Ley N° 123, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° 117/DGTALAPRA/12, el
Expediente N° 45.323/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el Certificado de Aptitud Ambiental y la
categorización del emprendimiento "Extensión del muelle del Club de Pescadores 100
mts. río adentro desde el actual mareógrafo e incorporación de un refugio para
pescadores en el extremo de la extensión", ubicado entre la Avenida Rafael Obligado
s/n° y la Avenida Sarmiento, Costanera Norte, cuyo titular es AUTOPISTAS URBANAS
S.A. con una superficie total de 942 m2;
Que la Ley N° 123 en el inciso j) del Artículo 13 que, presume como de Impacto
Ambiental Con Relevante Efecto, "La ocupación o modificación de la costa y de las
formaciones insulares que acrecienten, natural o artificialmente, en la porción del Río
de la Plata de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Riachuelo";
Que en esa inteligencia, por Informe N° 10195/DGET/09 se consideró al proyecto en
cuestión como de impacto ambiental Con Relevante Efecto conforme lo normado por
el Artículo 13 inciso j) de la Ley N° 123 y se solicitó autorización a la Presidencia, en
su calidad de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 123, su incorporación en el
Régimen de Adecuación previsto en el Artículo 40 de la mencionada Ley, lo cual fue
conformado por la Providencia N° 426/APRA/09;
Que es dable destacar que la inclusión del emprendimiento en cuestión en el Régimen
de Adecuación del Artículo 40 de la Ley N° 123 obedece a que tal como da cuenta el
Informe N° 10195/DGET/09, el proyecto es anterior a la fecha de entrada en vigencia
de la mencionada Ley N° 123 y por aplicación de lo previsto en los Artículos 18 y 19
del Decreto N° 222/12, corresponde encuadrarlo en tal régimen;
Que a mayor abundamiento, tal como surge del Informe de la Dirección...
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