Resolución Nº 79/2013

Fecha de disposición07 Marzo 2013
Fecha de publicación18 Marzo 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 7/3/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0246449/2002 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 182 de fecha 22 de noviembre de 2002 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, se autorizó el ingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de HIDROCUYO SOCIEDAD ANONIMA, como AGENTE GENERADOR por la CENTRAL HIDROELECTRICA LAS MADERAS de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW).

Que el Artículo 3° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración, antes del 1° de enero de 2004, del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº 15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley Nº 24.065.

Que con posterioridad se han dispuesto sucesivas prórrogas a la autorización otorgada para actuar como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), la última de ellas concedida por medio de la Resolución Nº 138 de fecha 25 de abril de 2011 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336.

Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2014.

Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE ENERGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1° de la Resolución Nº 138 de fecha 25 de abril de 2011 de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS...

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